Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 20/5/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
CONSIDERANDO:
Que por las mencionadas actuaciones el Ing. Bruno Ramiro Britos, solicita licencia y autorización para realizar estudios en el extranjero con auspicio oficial, según lo establece el Capítulo VIII de la Ley 536-A, apartado a Art. 38, desde el 01 de Junio de 2016 hasta el 01 de Agosto de 2018.
Que los estudios a realizarse corresponden a un Master en el Manejo Racional de los Recursos HídricosDecreto Acuerdo N 1680/12 entre Fulbright y el Gobierno de San Juan.
Que la beca cubre los gastos de manutención, pasaje de ida y vuelta de Estados Unidos a Argentina y un seguro de salud y de vida.
Que el agente tendrá derecho a usar la licencia con goce integro de haberes, según lo dispuesto por el Art.
38 de la Ley N 536-A, debido a que, al tratarse de un Master en el Manejo de Recursos Hídricos, el tema reviste gran importancia para nuestra comunidad por referirse a un recurso vital y escaso en la geografía provincial, cuyo manejo requiere optimizar y perfeccionar los recursos técnicos y humanos.
Que es necesario aprobar el convenio firmado entre el agente y el Sr. Ministro de Planificación e Infraestructura donde constan los términos en que se otorga la licencia y donde expresamente el agente se compromete a permanecer en la Administración Pública Provincial por el término de cuatro años, según lo establece el Art.40 Ley N536-ADec. Ac.
N 049-96.
Que han intervenido las Asesorías Letradas del Dpto.
de Hidráulica y del Ministerio de Planificación e Infraestructura.
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Aprobar el Convenio firmado entre el Ing. Bruno Britos, DNI N 28.477.372, agente del Departamento de Hidráulica y el Sr. Ministro de Planificación e Infraestructura Ing. Julio César Andino, DNI N 13.107.147, en todos sus términos.
ARTÍCULO 2º: Comunicar y dar al Boletín Oficial para su publicación.
Fdo.: Dr. Sergio Uñac Gobernador Ing. Julio Ortíz Andino Ministro de Planificación e Infraestructura
Pág. 180.002

DECRETO N 0669
-M.Pe.ISAN JUAN, 25 de Abril de 2016
VISTO:
El expediente N 500-0317-2016 del registro del Ministerio de Planificación e Infraestructura; y:
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la ratificación del Convenio Recíproco de Colaboración, celebrado entre el Ministerio de Planificación e Infraestructura representado por su titular Ing. Julio ORTÍZ ANDINO, y la Municipalidad de la Ciudad de Rawson, representada por su Intendente el Sr. Juan Carlos GIOJA, suscripto en Marzo de 2016.Que el presente Convenio Recíproco de Colaboración tiene como objeto construir y poner en funcionamiento el "Centro Cultural y Deportivo Ex Bodega La Superiora".Que las partes precitadas, acuerdan en comprometerse a prestarse la colaboración material, técnica, instrumental y humana que fuere necesaria para el logro del objetivo precitado; a fin de dotar a la Provincia de San Juan de un nuevo Centro Cultural y Deportivo. Como contraprestación el Municipio facilitará la utilización del mismo al Gobierno de San Juan para el desarrollo de eventos culturales y deportivos cuando este lo solicite.Que de acuerdo a lo estipulado por el Art. 189 Inc. 9
de la Constitución Provincial el Gobernador de la Provincia celebra y firma tratados en entes de derecho público y privado debiendo ser los mismos aprobados por la Cámara de Diputados de la Provincia de San Juan, según lo establecido por el Art. 150 Inc. 2 de la Constitución Provincial.Que ha intervenido Asesoría Letrada del Ministerio de Planificación e Infraestructura.POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Ratifíquese en todas sus partes el Convenio Recíproco de Colaboración, celebrado entre el Ministerio de Planificación e Infraestructura representado por su titular Ing. Julio ORTÍZ
ANDINO, y la Municipalidad de la Ciudad de Rawson, representada por su Intendente el Sr. Juan Carlos GIOJA, suscripto en Marzo de 2016, que como Anexo forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º: Remítase el presente Decreto a la Cámara de Diputados de la Provincia de San Juan para su aprobación, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 150, Inc. 2 de la Constitución de la Provincia de San Juan.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese y dese al Boletín Oficial para su publicación.
Fdo.: Dr. Sergio Uñac Gobernador Ing. Julio Ortíz Andino Ministro de Planificación e Infraestructura
San Juan, Viernes 20 de Mayo de 2016

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 20/5/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaysArgentine

Date20/05/2016

Page count20

Edition count1765

Première édition17/05/2016

Dernière édition18/06/2024

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