Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 2/10/2020

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 22

OFICIAL
BOLETIN

Neuquén, 02 de Octubre de 2020

6 seis meses de prisión de cumplimiento efectivo y Costas Art. 268 y 270 C.P.P., por resultar penalmente responsable del delito de atentado a la autoridad agravado por poner manos en la misma, daño doblemente agravado y robo en grado de tentativa, todo ello en concurso real y en carácter de autora Arts. 164, 238 incs. 1 y 5, 42, 45 y 55 del C.P.. Información Adicional para el Cálculo del Cómputo: No surge de la Declaración Jurada de fecha 28/07/2020 días con medidas de coerción privativas de libertad en ambos legajos y conforme actuaciones del Legajo Virtual 121669, se resolvió en Audiencia de fecha 18/09/2020 el inicio de ejecución de la pena bajo la modalidad domiciliaria. Por último, conforme a las actuaciones del Legajo Virtual 153008, registra un día con medida de coerción en fecha 08/02/2020.
Cálculo del Cómputo de Pena: En consecuencia y en aplicación de la Ley vigente al momento del hecho de fecha Soazo Jessica: 1 Agotará la pena impuesta el día: 17/03/2021 a las 12.00 horas. 2 Libertad asistida el día: 17/12/2020 a las 12.00 horas. Neuquén, 23 de septiembre de 2020. Fdo. Dr. Fontena Martín, Funcionario OFIJU Penal Nqn..
1p 02-10-20


La Oficina de Seguimiento y Ejecución Penal de la Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de Neuquén, hace saber: Que se procedió a practicar nuevo Cómputo de Pena, respecto al condenado García Maximiliano Gastón, DNI 32.525.459, de conformidad a lo resuelto por la Dra. Raquel Gass en Audiencia de fecha 05/08/2020. ACTAUD 75196, que en su parte pertinente dice: Neuquén, 5
de agosto del año 2020. Voy a revocar la condicionalidad de la pena que le fuera impuesta al Sr. Maximiliano Gastón García en este Legajo 105825/2018 y voy a ordenar la inmediata captura del mismo para que una vez habido inicie la ejecución de la pena. . De acuerdo al cómputo de pena practicado en fecha 31/05/2018, García Maximiliano Gastón, DNI 32.525.459, fue condenado por Sentencia Nº 2312/2018 de fecha 18 de mayo de 2018, a la pena de tres 3 años en suspenso con más accesorias legales y Costas, por los delitos de robo con arma cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada en calidad de coautor, encubrimiento en calidad de autor y robo en calidad de coautor, todos en concurso real Art. 166 inc. 2 último párrafo, 277 inc. 1 c, 164, 45 y 55 del C.P. y Arts. 217 y 218
del C.P.P.. No computándose en el mismo días con medidas de coerción. Conforme a la nómina de internos alojados en DD-11, remitida a esta oficina en fecha 19/09/2020, el condenado fue detenido el 19/08/2020. Según lo informado mediante Oficio Nº 5143/2020, el mismo ingresó a la Unidad de Detención Nro. 11 en fecha 08/09/2020 proveniente de Comisaría de Investigación 17. En consecuencia García Maximiliano Gastón, DNI 32.525.459: 1 Agotará pena el: 19/08/2023 a las 12.00 horas. 2 Mitad de condena el: 19/02/2022 a las 12.00 horas. 3 Libertad condicional el: 19/04/2021 a las 12.00 horas.
4 Libertad asistida: El 19/05/2023 a las 12.00 horas. Neuquén, 23 de septiembre de 2020. Fdo. Dr.
Fontena Martín Enrique, Funcionario OFIJU Penal Nqn..
1p 02-10-20
La Oficina de Seguimiento y Ejecución Penal de la Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de Neuquén, hace saber: Que por Sentencia de Acuerdo Pleno N 5745 de fecha 03/08/2020, dictada por el Dr. Diego H. Piedrabuena, la que se encuentra firme el 27/08/2020, se le impuso al condenado Sánchez Cristian Alejandro, DNI 45.375.081, la pena de tres 3 años de prisión de ejecución condicional, más Costas del proceso, como autor penalmente responsable de los delitos en concurso real de robo simple en calidad de autor, de conformidad a lo normado y reprimido en los Artículos 164 y 45 del Código Penal, por el hecho cometido en fecha 30/mayo/2019, en perjuicio de Verónica Zunilda Morales, lesiones leves agravadas por el vínculo y haber sido perpetradas mediando violencia de género en calidad de autor, de conformidad a lo normado y reprimido en los Artículos 45, 89 y 92, en función de los incisos 1 y 11 del Artículo 80 del Código Penal, hecho cometido el 31/mayo/2020, en perjuicio de Rosa Manuela Fernandois;
encubrimiento por receptación dolosa en calidad de coautor, de conformidad a lo normado y reprimido

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 2/10/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaysArgentine

Date02/10/2020

Page count40

Edition count1323

Première édition12/01/2001

Dernière édition30/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Octubre 2020>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031