Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 26/1/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 30

BOLETIN OFICIAL

ACUERDO G-2660. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete, se reúne en Acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, para dictar Resolución definitiva en relación a los autos caratulados: Fondo Provincial de Emergencia Ley Nº 2906 - Rendición de Cuentas Ejercicio 2016, Expediente Nº 5600-04206/16, en trámite por ante este Tribunal; Considerando:
Resuelve: Artículo 1º: Tener por presentada -en fecha 12/05/2017- la Rendición de Cuentas del Fondo Provincial de Emergencia Ley 2906 - Ejercicio 2016; efectuada mediante los Estados Financiero, de Resultados y de Origen y Aplicación de Fondos, correspondientes al Ejercicio Financiero finalizado al 31 de diciembre de 2016. Artículo 2º:
Aprobar la Rendición de Cuentas del Fondo Provincial de Emergencia Ley 2906, correspondiente al Ejercicio 2016, en base al Informe del Auditor Nº 5943/2017-D.I.C.E., expresadas en el Considerando IV-, con opinión acerca de la razonabilidad de las cifras expuestas en el Estado Financiero, Estado de Resultados, y Estado de Origen y Aplicación de Fondos, al 31 de diciembre de 2016.
El fondo auditado ha dado cumplimiento a las normas y reglamentaciones aplicables a los actos y operaciones que fueran objeto de examen. Artículo 3º: Notificar el presente Acuerdo a los obligados a rendir cuentas para este Ejercicio: Lic. Norberto Alfredo Bruno -período 01/01/2016 al 31/12/16-;
Ing. Mauro César Millán -período 01/01/2016 al 31/12/16-; Ing. Luis Marcelo Lazcano -período 01/01/2016 al 31/12/2016-; Sr. Francisco Agustín Zambón -período 01/01/2016 al 31/12/2016-; Ing.
Oscar Horacio Carvalho -período 01/01/2016 al 31/12/2016- y Cra. Vanina Elizabeth Barrionuevo -período 01/01/2016 al 31/12/16-. Artículo 4º: Excluir de los alcances del presente decisorio toda actuación sumarial pendiente de resolución por parte de este Tribunal y/o sede judicial relacionada con la Rendición de Cuentas auditada. Artículo 5º: Regístrese, notifíquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén para su publicación.
Fdo. Dr. Hugo R. Acuña Presidente, Cra. Ana C. Esteves Vocal, Cra. María Vaqueiro Vocal, Dra. Laura M. Serrano Vocal, Dr. Antonio A. Di Maggio Vocal, Dr. Fernando G. Correa Uranga Secretario.

Neuquén, 26 de Enero de 2018

ACUERDO G-2663. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete, se reúne en Acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén,
para dictar Resolución definitiva en relación a los autos caratulados: Ente Provincial de Termas del Neuquén - Rendición de Cuentas Ejercicio 2016, Expediente Nº 5600-04358/16, en trámite por ante este Tribunal; Considerando:
Resuelve: Artículo 1º: Tener por presentada -en fecha 12/05/2017- la Rendición de Cuentas del Ente Provincial de Termas del Neuquén Ejercicio 2016; efectuada mediante los Estados Financiero, de Situación Patrimonial, de Resultados, Inventario General de Bienes y de Origen y Aplicación de Fondos, correspondientes al Ejercicio Financiero finalizado al 31 de diciembre de 2016. Artículo 2º:
Aprobar la Rendición de Cuentas del Ente Provincial de Termas del Neuquén, correspondiente al Ejercicio 2016, pero limitando dicha aprobación al hecho de haberse cumplido las formalidades de su presentación, ya que conforme a las salvedades e incumplimientos expuestos en el Informe del Auditor Nº 6045/2017-D.G.O.D. y señalados en el Considerando III, los Estados Contables auditados no presentan razonablemente la situación financiera, patrimonial, de resultados y de origen y aplicación de fondos, respecto a la ejecución del presupuesto de recursos y gastos al 31 de diciembre de 2016; dando cumplimiento el ente auditado a las normas y reglamentaciones aplicables a los actos y operaciones que fueron objeto de examen, salvo las Observaciones formuladas en el Anexo I
del Informe del Auditor Nº 6045/2017-D.G.O.D. y las cuestiones expuestas en el Considerando III
del presente Acuerdo. Artículo 3º: Por Secretaría, dar traslado de las Observaciones Nº 1 a Nº 19
formuladas en el Anexo I del Informe del Auditor Nº 6045/2017-D.G.O.D. al Sr. Diego Alberto Moreno -Presidente período 01/01/2016 al 31/12/16-;
al Sr. Agustín Lopatin -Director de Gestión Administrativa período 01/01/2016 al 22/06/16- y al Sr.
Pedro Gisbert -Director de Gestión Administrativa período 01/07/2016 al 31/12/2016- responsables de la Rendición de Cuentas del Ente Provincial de Termas del Neuquén por el Ejercicio 2016, conjuntamente con la notificación del presente Acuerdo.
Artículo 4º: Otorgar a los obligados un plazo improrrogable de 20 veinte días contados a partir

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 26/1/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaysArgentine

Date26/01/2018

Page count32

Edition count1323

Première édition12/01/2001

Dernière édition30/07/2024

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