Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 18/5/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 18 de mayo de 2007

BOLETIN OFICIAL

Que por el Decreto N2.197/2005 se creó el Programa de Títulos de Deuda para el Desarrollo Provincial en el marco de la Ley N2.505 de hasta U$S 250.000.000 el Programa y se fijaron los términos y condiciones generales de emisión del Programa, facultando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a determinar aquellos que no se encuentren en el listado enumerado en el citado Decreto;
Que mediante Decreto N 82/06 se convocó a la Licitación Pública N 01/06 para la Contratación de una Entidad Financiera para el Desarrollo del Diseño, Estructuración, Colocación del Programa;
Que mediante Resolución N 48/06 el Ministerio de Hacienda y Finanzas adjudicó a la Entidad Financiera Citibank N.A. la Licitación Pública N 01/06 para que actúe en el desarrollo, diseño, estructuración y colocación del Programa, conforme las pautas fijadas en el pliego de bases y condiciones, sus aclaratorias, la oferta presentada por la adjudicataria y la carta mandato aprobando asimismo el texto a ser firmado entre la Entidad Financiera Citibank N.A. y la Provincia del Neuquén;
Que con fecha 28 de abril de 2006 se firmó la carta mandato entre Citibank N.A. y la Provincia del Neuquén la Carta Mandato según el texto aprobado por citada la Resolución N 48/06 del Ministerio de Hacienda y Finanzas, tificado por Decreto 1790/2006;
Que el Artículo 4 de la Ley N 2.505 autoriza al Poder Ejecutivo a dictar las normas complementarias que establezcan las condiciones de emisión de los Títulos de Deuda, incluyendo la fecha de emisión, amortización de capital, cancelación, pago de los servicios de renta, precio de emisión, tasa de interés aplicable, afectación de los recursos otorgados en garantía, la colocación en el mercado local y/o internacional, pago de comisiones, gastos, instrumentación e identificación de los Títulos de Deuda.
Que el Artículo 5 de la Ley N 2.505 autoriza al Poder Ejecutivo a afectar en garantía, a ceder en pago y/o en propiedad fiduciaria los recursos provenientes de las regalías hidrocarburíferas, a los efectos de la Ley referida;
Que, por su parte, el Artículo 6 de la Ley N
2.505 autoriza al Poder Ejecutivo a prorrogar la jurisdicción a favor de tribunales extranjeros y
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acordar otros compromisos habituales para operaciones en dichos mercados, sin que en ningún caso puedan modificar, en forma directa o indirecta, las condiciones de la emisión establecidas en dicha Ley, y el Artículo 4 del Decreto N
2.197/2005, al fijar los términos y condiciones generales de la emisión, establece que el contrato de fideicomiso referido también en el presente como Contrato de Fideicomiso con Fines de Garantía aprobado por Resolución 125/2006
del Ministerio de Hacienda y Finanzas y firmado el 18 de octubre de 2006 debe regirse e interpretarse conforme a las leyes y tribunales de la República Argentina y que los contratos que implementan el Programa, y los referidos a la transacción podrán contener cláusulas de prórroga de jurisdicción, pudiendo en cada tal caso ser interpretados conforme a la legislación correspondiente;
Que de acuerdo a lo previsto en la Ley N 2.505
los fondos que se obtengan en la colocación de las distintas series de Títulos de Deuda que se emitan bajo el Programa serán destinados exclusivamente a la financiación de las obras públicas listadas en el Anexo de dicha Ley, las cuales contribuirán de manera significativa al cambio de la matriz productiva de la Provincia;
Que mediante Decreto N 1790/2006 se aprobaron, sujetos a las modificaciones que fueren necesarias en función de la finalización del proceso de negociación, los documentos necesarios para la implementaclón del Programa y para la emisión de Títulos de Deuda, incluyendo la Primera Serie, estableciéndose los términos y condiciones, y facultando al Señor Ministro de Hacienda y Finanzas a: I negociar y modificar en cuanto fuere necesario el texto de los documentos aprobados mediante dicho Decreto y negociar, modificar y aprobar todos los demás documentos e instrumentos que fueren necesarios para la implementación del programa y para la emisión de todas las series de Títulos de Deuda que se emitan en el marco de dicho Programa, incluyendo pero sin limitarse, al Prospecto Definitivo Final Memorandum, los documentos e instrumentos necesarios para la colocación de los Títulos de Deuda, y todo otro documento o Instrumento necesario a los fines previstos en el Artículo 3 del Decreto mencionado; II adoptar todas las medidas, disposiciones y/o normas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 18/5/2007

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaysArgentine

Date18/05/2007

Page count60

Edition count1319

Première édition12/01/2001

Dernière édition12/07/2024

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