Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 26/1/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 18

BOLETIN OFICIAL

Violeta E. Mandón Presidente-, Cr. Dante A. Boselli Vocal-, Cr. Néstor A. Cucurullo Vocal-, Cr. Ángel A. Molia Vocal-, Dra. Verónica G. Novoa Vocal en Comisión-. Dra. Mónica S. Eberbach Secretaria.


ACUERDO C-3918. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil seis, se reúne en Acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, para dictar resolución en los autos caratulados Municipalidad de Villa Pehuenia Rendición de Cuentas Ejercicio 2005 -Expediente Nº 260044.176/2005 y acumulados Expte. Nº 2600-44.744/
2005 y Expte. Nº 2600-44.603/2005-, en trámite por ante este Tribunal Resuelve: Artículo 1º: Tener por no presentada la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Villa Pehuenia - Ejercicio 2005-.
Artículo 2º: Ordenar la substanciación de una actuación sumarial que tendrá como finalidad reunir toda la documentación correspondiente a la rendición de cuentas por el ejercicio y proceder a su estudio determinando la existencia o no de perjuicio fiscal y las responsabilidades administrativas que pudieran corresponder. Designar a tal efecto Instructor Sumariante a la Dra. Florencia Acosta Arévalo. Artículo 3º: Comunicar el presente decisorio a la Legislatura Provincial, al Poder Ejecutivo y al Tribunal Superior de Justicia. Artículo 4º: Regístrese, notifíquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación Fdo. Violeta E. Mandón Presidente-, Cr. Dante A. Boselli
Vocal-, Cr. Néstor A. Cucurullo Vocal-, Cr. Ángel A.
Molia Vocal-, Dra. Verónica G. Novoa Vocal-. Dra.
Mónica S. Eberbach Secretaria-.
ACUERDO G-2295. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil seis, se reúne en Acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, con la Presidencia de su titular Doctora Violeta E. Mandón, integrado por los Señores Vocales, Contadores Dante A.
Boselli, Néstor A. Cucurullo, Ángel A. Molia, y la Señora Vocal Doctora Verónica G. Novoa, con la asistencia de la Secretaria Dra. Mónica S.
Eberbach. Expte. Nº 2367-3904/2001 Alcance 78/
2005- Instituto Provincial de Vivienda y
Neuquén, 26 de enero de 2007

Urbanismo del Neuquén Cayul Celmira /Merino Edelmira y Merino Luis Antonio. Herederos de Máximo Merino Ref. Decreto 1866 Reconocimiento a distorsiones en las variaciones de costos Visto: El Expte. de referencia del que Resulta: Que, contienen estos actuados el procedimiento de consolidación de deudas establecido por Ley 1.947 y Decreto Reglamentario 926/92 sobre un crédito a favor de los acreedores Sra. Edelmira Merino, Sra. Celmira Cayul y Sr. Luis Antonio Merino Sucesores de Máximo Merino-, y Considerando: I. Que, en relación a la competencia del Tribunal para intervenir en la cuestión sub examine el Cuerpo se ha pronunciado en Acuerdo G-1.667 del 20 de octubre de 1993 al cual se remite.
II. Que el Auditor Fiscal Cr. Víctor J. Ferreyra en su Informe Nº 2.790/2006 fs. 88 señala, en relación al trámite de reconocimiento de deuda producto de las distorsiones en las variaciones de los costos en los períodos de hiperinflación a favor de las señoras Edelmira Merino y Celmira Cayul y el señor Luis Antonio Merino, en su carácter de únicos herederos de Máximo Merino conforme consta en la declaratoria de herederos emitida por el Juzgado Civil Nº 3 con fecha 30/09/2004 -cuya copia certificada obra a fs. 2-, el que se realiza conforme el procedimiento previsto en el Decreto Nº 1.866/
02 y en el marco de la Ley 1.947, que por las presentes actuaciones se tramita el pago de la acreencia según surge del Acta Resumen suscrita entre el Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo y la Cámara Argentina de la Construcción el 4 de marzo de 1992, cuya fotocopia certificada obra a fs. 11/15. Informa que analizada la Planilla de Liquidación de Deuda Consolidada de fs. 76, que fuera elaborada en base al monto consignado en el Acta Resumen antes citada, no surgen observaciones que formular al importe allí determinado que asciende a pesos once mil ciento ochenta y cuatro con ochenta y ocho centavos $
11.184,88 al 10/12/91. Advierte que, previo a continuar con el trámite, deberá procederse a la certificación de las fotocopias de documentación agregadas a fs. 3/5 D.N.I., fs. 11/15 Acta Resumen y fs. 62/65 Contrato entre el I.P.V.U. y el contratista. III. Que estando al Informe de Auditoría el Cuerpo entiende procedente conformar la deuda consolidada por la suma de esos once mil ciento ochenta y cuatro con ochenta y ocho centavos $
11.184,88, al 10/12/91, a favor de los acreedores

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 26/1/2007

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaysArgentine

Date26/01/2007

Page count32

Edition count1323

Première édition12/01/2001

Dernière édition30/07/2024

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