Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 31/3/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 31 de marzo de 2006

BOLETIN OFICIAL

legislativo y reglamentario de lo que da cuenta la Carta Documento obrante a folios 8 de autos;
Que el ejercicio de atribuciones exclusivas y excluyentes en materia ambiental en territorio provincial por parte de un organismo nacional altera la jurisdicción local y el principio de intangibilidad establecido en el Artículo 5º de nuestra Constitución Provincial que dice categóricamente que:
La Provincia reivindica la intangibilidad de su territorio comprendido dentro de los límites históricos, y rechaza toda pretensión que afecte o pretenda afectar directa o indirectamente su integridad, su patrimonio natural o su ambiente ;
Que la Constitución de la Provincia del Neuquén, en su Artículo 8º, establece que la Provincia conserva y ejerce en plenitud todo el poder no delegado expresamente al Estado Federal, haciendo referencia específica a los lugares de su territorio donde se encuentran instalados organismos nacionales;
Que para el caso particular de los Parques Nacionales, nuestra Constitución Provincial en su Artículo 94 establece que: la Provincia reivindica los derechos de dominio y jurisdicción sobre las áreas de su territorio afectadas por parques y reservas nacionales en orden a lo dispuesto por la Constitución Nacional, y en particular, sobre el ambiente y los recursos naturales contenidos en la misma, sin perjuicio de coordinar con el Estado Nacional su administración y manejo;
Que lo antedicho sustenta ampliamente las legítimas potestades de la Provincia en torno a la aplicación de sus normas ambientales aún en aquellos lugares afectados a parques y reservas nacionales, en tanto y en cuanto esté comprometida la calidad y variabilidad del ambiente y sus recursos naturales;
Que se hace menester el dictado de una normativa que reafirme la legítima potestad de la Provincia de aplicar su normativa ambiental en el ámbito de los parques y reservas nacionales situadas en su territorio, en un todo de acuerdo con el Artículo 214 inc. 3º de la Constitución de la Provincia del Neuquén y en consonancia con el mandato del Artículo 128 de la Constitución Nacional que instruye en cabeza de los Gobernadores de Provincia agentes naturales , para hacer cumplir la Constitución y las Leyes de la Nación , interpretando en este último caso que el deber funcional que menciona dicho texto está
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vinculado, con el cumplimiento de los Artículos 1º, 5º, 31, 33, 41, 121, 123, 124 párrafo 2º y concordantes de la Constitución Nacional;
Por ello:
EL VICEGOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
Artículo 1º: Todo proyecto de obra o actividad que se desarrolle dentro de las tierras administradas por la Administración de Parques Nacionales situados en el territorio de la Provincia del Neuquén, que puedan alterar el medio ambiente, deberá contar previo a su ejecución con la Licencia Ambiental emitida por la Dirección Provincial de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable dependiente de la Coordinación General del Ministerio de Producción y Turismo u Organismo que en el futuro lo reemplace, de conformidad a la Ley Provincial Nº 1875 y sus normas modificatorias y reglamentarias.
Artículo 2º: Todos los Organismos del Estado Provincial, en donde se tramiten, aprobaciones, autorizaciones, habilitaciones, licencias, mensuras, concesiones o permisos de cualquier índole, respecto de obras o actividades alcanzadas por el Artículo 1º del presente; deberán requerir al proponente, la Licencia Ambiental expedida por la Dirección Provincial de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Coordinación General del Ministerio de Producción y Turismo, como condición necesaria previo a otorgar o renovar dichos actos administrativos.
Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado en Acuerdo General de Ministros.
Artículo 4º: Regístrese y cumplido, Archívese.
FDO. BROLLO
FERNÁNDEZ DÓTZEL
LARA
SILVESTRINI
MORAN
GORE
AREVALO
GUTIERREZ
ESTEVES

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 31/3/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaysArgentine

Date31/03/2006

Page count48

Edition count1318

Première édition12/01/2001

Dernière édition08/07/2024

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