Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 13/5/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 13 de mayo de 2005

BOLETIN OFICIAL

2003, en trámite por ante este Tribunal. Resuelve:
Artículo 1º:Tener por presentada la Rendición de Cuentas del Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo del Neuquén - Ejercicio 2003;
efectuada mediante los Estados Financiero, de Resultados, de Situación Patrimonial, de Bienes, de Origen y Aplicación de Fondos, y de la Deuda Pública Directa en Moneda Nacional y en Moneda Extranjera, correspondientes al ejercicio financiero finalizado al 31 de diciembre de 2003.
Artículo 2º: Dejar sin efecto, con fundamento en el Informe Nº 2.388/05 producido por el Auditor Fiscal, las Observaciones Nº 7 a y b; 8 a; 9 a;
10 a; 11 a; 12 b y c; 14 b, c y d; 15 b y c y 16
b y d, oportunamente consignadas en el Anexo I
del Informe del Auditor Nº 2.294/04. Artículo 3º:
Ordenar la substanciación de una actuación sumarial a fin de dilucidar los actos, hechos y omisiones que dieran motivo a las Observaciones Nº 1; 2; 3; 4; 5 por $ 1.042,82; 6;
7 c; 8 b, c, d y e; 9 b y c; 10 b y c; 11 b y c; 12
a; 13; 14 a; 15 a; 16 a y c; 17; 18.1; 18.2; 19.1;
19.2; 20.1; 21.1; 21.2; 21.3; 22.1; 23.1; 23.2; 23.3;
23.4; 24.1; 24.2; 24.3; 25.1; 25.2; 25.3; 25.4 y 26, contenidas en el Anexo I del Informe del Auditor Nº 2.294/04 y ratificadas en el Informe Nº 2.388/0;
con el objeto de determinar si se ha producido perjuicio a la hacienda pública y, en tal supuesto, establecer fundadamente el monto del mismo y determinar los presuntos responsables. Designar a tal efecto Instructor Sumariante a la Dra. Mariela S. Cabanes y como Instructor Adjunto al Dr. Sergio González. Artículo 4º: Aprobar la Rendición de Cuentas del Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo del Neuquén correspondiente al Ejercicio 2003, al haber sido cumplimentadas las formalidades en cuanto a su presentación, quedando severamente limitada dicha aprobación a ese solo aspecto, ello conforme al Informe del Auditor Nº 2.294/04, y por las cuestiones y situaciones señaladas en el Considerando VI del presente Acuerdo. En razón de las salvedades y limitaciones señaladas, el Estado Financiero no refleja razonablemente la situación financiera del ente al cierre del Ejercicio;
en el Estado de Resultados ha sido razonablemente expuesta la ejecución de los ingresos y egresos, pero el Resultado del Ejercicio no resulta razonable ya que se apropiaron indebidamente recursos y gastos al Ejercicio 2003
en una magnitud tal que han distorsionado en
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forma significativa el mismo; en su consecuencia no resulta razonable la información que se expone en el Estado de Origen y Aplicación de Fondos.
Por su parte, el Estado de Bienes no expone razonablemente la situación que debiera reflejar.
El ente auditado no ha dado cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria que resulta aplicable a las transacciones objeto de examen durante la Auditoría Financiera practicada. Artículo 5º: Formular -por segunda vez consecutivael más severo juicio de reproche a los funcionarios
Presidente y Director General de Administraciónque teniendo a su cargo la Administración Superior del IPVUN, omitieron cumplir seriamente las obligaciones que por su cargo les imponían los Artículos 3º, 4º y 5º de la Ley 2.141 y su Reglamento, al no dar acabado cumplimiento a la legislación vigente que regula el accionar del ente.
Artículo 6º: Requerir de las actuales autoridades del IPVUN la urgente adopción de todas aquellas medidas que resulten conducentes a fin de encauzar la gestión administrativa-contable del ente en el marco de las normas legales que la regulan. Por Secretaría, notifíquese del presente Acuerdo al actual Presidente del I.P.V.U.N. Artículo 7º: Excluir de los alcances del presente decisorio toda actuación sumarial pendiente de resolución por parte de este Tribunal y/o sede judicial relacionada con la rendición de cuentas auditada.


ACUERDO JR-4538. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los dos días del mes de diciembre de dos mil dos, se reúnen en Acuerdo los Señores miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia, Presidente, Dra. Violeta Élida Mandón, integrado por los Señores Vocales, Contadores Dante A. Boselli, Néstor Armando Cucurullo y Juan Carlos Pintado y Vocal Subrogante, Contadora Sandra Pizarro, con la asistencia de la Secretaria Dra. Mónica S.
Eberbach, para dictar resolución en los autos caratulados: Dirección Provincial de VialidadDepartamento Talleres e/Informe rotura motor C.F.22, Expte. E2707-6559/99, en trámite por ante este Tribunal. Resuelve: Artículo 1º: Disponer el archivo de las presentes actuaciones, conforme prevé el Art. 113º de la Ley Nº 2141.
ACUERDO JR-4562. En la ciudad de Neuquén,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 13/5/2005

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaysArgentine

Date13/05/2005

Page count52

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