Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 29/6/2001

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 29 de Junio de 2001

BOLETIN OFICIAL

Por ello, EL DIRECTOR GENERAL DE TIERRAS
DISPONE
Artículo 1: Procédase por el Departamento Desarrollo de Areas a arbitrar los medios a fin de reactivar la denominada Isla Grande de Añelo, otorgando sobre la misma permisos precarios de ocupación o realizando concurso público según correspondiere.
Artículo 2: Procédase por el Departamento topografía a lograr la aprobación administrativa del plano de mensura correspondiente.

ACUERDOS
TRIBUNAL DE CUENTAS
ACUERDO C-3582. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil uno, se reúnen en Acuerdo los señores miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia, Presidente, Dra. VIOLETA ELIDA MANDON, Vocales, Cr. JORGE GABRIEL CUENCA, Cr. DANTE
ADOLFO BOSELLI, Cr. NESTOR A. CUCURULLO, y Cr.
JUAN CARLOS PINTADO, con la asistencia de la Secretaria Dra. MONICA SUSANA EBERBACH. Expte. Nº260037361/98-COMISION DE FOMENTO PILO LIL-RENDICION
DE CUENTAS-EJERCICIO 1999. RESUELVE: Artículo 1º:
TENER por presentada la Rendición de Cuentas de la Comisión de Fomento Pilo LilEjercicio 1999; efectuada mediante el Estado de Tesorería, Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, y Estado de Situación Patrimonial y Anexo de Bienes de Uso, correspondientes al ejercicio financiero finalizado al 31 de diciembre de 1999. Artículo 2º: DEJAR sin efecto, con fundamento en el Informe Nº 949/00 y lo expresado en el Considerando VI la Observación General Nº1, oportunamente consignada en el informe del Auditor Nº830/00. Artículo 3º: APROBAR la Rendición de Cuentas de la Comisión de Fomento Pilo Lil correspondiente al Ejercicio 1999, conforme al Informe de Auditor Nº830/00
D.I.C.E.C.F., con opinión acerca de la razonabilidad de las cifras expuestas en el Estado de Tesorería, Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, y el Estado de Situación Patrimonial y Anexo de Bienes de Uso al 31 de diciembre de 1999, respecto de la Ejecución del Presupuesto de recursos y gastos, y del cumplimiento por parte del ente auditado de las normas y reglamentaciones aplicables a los actos y opera-

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ciones que fueran objeto de examen. Artículo 4º: Advertir a las actuales autoridades de la Comisión de Fomento que deberán adoptar las medidas conducentes, para que en los ejercicios siguientes se ajusten a la normativa legal en materia de ejecución y reestructura presupuestaria bajo apercibimiento de hacerse pasibles a las sanciones que establece la Ley 2141. Artículo 5º:
EXCLUIR de los alcances del presente decisorio toda actuación sumarial pendiente de resolución por parte de este Tribunal y/o sede judicial relacionada con la rendición de cuentas auditada.


ACUERDO C-3587. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil uno, se reúnen en Acuerdo los señores miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia, Presidente, Dra. VIOLETA ELIDA MANDON, Vocales, Cr. JORGE GABRIEL CUENCA, Cr. DANTE
ADOLFO BOSELLI, Cr. NESTOR ARMANDO CUCURULLO, y Cr. JUAN CARLOS PINTADO, con la asistencia de la Secretaria Dra. MONICA SUSANA EBERBACH. Expte.
Nº2600-37328/98-COMISION DE FOMENTO VILLA DEL
PUENTE PICUN LEUFU-RENDICION DE CUENTAS-EJERCICIO 1999. RESUELVE: Artículo 1º: TENER por presentada la Rendición de Cuentas de la Comisión de Fomento Villa del Puente Picún LeufúEjercicio 1999; efectuada mediante el Estado de Tesorería, Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, y en forma extemporánea el Estado de Situación Patrimonial y Anexo de Bienes de Uso, correspondientes al ejercicio financiero finalizado al 31 de diciembre de 1999.
Artículo 2º: DEJAR sin efecto, con fundamento en el Informe Nº994/00 D.I.C.E.C.F. y lo expresado en el Considerando VII -primer párrafo-, la Observación Nº1, y las Observaciones Generales Nº1, Nº2, Nº3 y Nº4, oportunamente consignadas en el Informe del Auditor Nº900/
00 D.I.C.E.C.F. Artículo 3º: APROBAR la Rendición de Cuentas de la Comisión de Fomento Villa del Puente Picún Leufú correspondiente al Ejercicio 1999, conforme al Informe del Auditor Nº900/00 D.I.C.E.C.F., con opinión acerca de la razonabilidad de las cifras expuestas en el Estado de Tesorería, Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, y el Estado de Situación Patrimonial y Anexo de Bienes de Uso al 31 de diciembre de 1999, respecto de la Ejecución del Presupuesto de recursos y gastos, y del cumplimiento por parte del ente auditado de las normas y reglamentaciones aplicables a los actos y operaciones que fueran objeto de examen. Artículo 4º: EXCLUIR de los alcances del presente decisorio toda actuación sumarial pendiente de resolución por parte de este Tribunal y/o sede judicial relacionada con la rendición de cuentas auditada.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 29/6/2001

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaysArgentine

Date29/06/2001

Page count48

Edition count1321

Première édition12/01/2001

Dernière édition23/07/2024

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