Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 26/12/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

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Núm. 296 sábado, 26 de decembro de 2020

BOP Lugo
ADMINISTRACIÓN DE XUSTIZA
XULGADO DO SOCIAL N.º2 LUGO
Anuncio MARIA DE LOS ANGELES LOPEZ CARBALLO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO
DE LO SOCIAL Nº 2 DE LUGO, HAGO SABER: Que en la EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 8/2018 de este Juzgado de lo Social, seguida a instancia de la FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION contra PIZGA LUGO SL, se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 13/7/2020, que literalmente dice:
Vistos los anteriores ingresos efectuados en la presente ejecución por la AEAT por importes de 7,34 euros y 6,67
euros; y examinadas las precedentes actuaciones, acuerdo:
- Cancelar el embargo efectuado sobre las devoluciones tributarias que corresponda percibir a PIZGA LUGO SL, al haber finalizado la presente ejecución por satisfacción del acreedor ejecutante y haberse acordado el alzamiento de los embargos trabados en estas actuaciones decreto de fecha 26/10/2018.
- Hacer devolución a PIZGA LUGO SL de las cantidades ingresadas por la AEAT, así como de la cantidad de 21,38
euros, correspondiente a sobrante producido en esta ejecución en fecha anterior a su finalización, y que no consta entregada a la ejecutada.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación.
El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PIZGA LUGO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto que ponga fin al procedimiento o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento.
En LUGO, a diecisiete de diciembre de dos mil veinte.- LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
R. 3297

Anuncio D/D MARIA DE LOS ANGELES LOPEZ CARBALLO, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO
DE LO SOCIAL NÚMERO 002 DE LUGO.
HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D/D
MUTUA UNIVERSAL contra FERLOSA SL, ANTONIO NOVOA LOPEZ , BELARMINO SANCHEZ RODRIGUEZ , JOSE
BENITO LOPEZ FERREIRO , TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL , INSTITUTO NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL , en reclamación por SEGURIDAD SOCIAL, registrado con el nº SEGURIDAD SOCIAL 499
/2020 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a la empresa demandada FERLOSA SL, y al administrador concursal D.BELARMINO SANCHEZ RODRIGUEZ , en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 2/6/2022 a las 11:20 horas, en Planta 4 - Sala 9 - Edif. Xulgados, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la
Anuncio publicado en: Num BOP 296 año 2020 26/12/2020
23/12/2020 08:00:00
12:57:17

- Hacer saber a la parte ejecutada que el mandamiento de pago no es un documento compensable, y deberá ser hecho efectivo mediante su presentación al cobro por el beneficiario en BANCO SANTANDER, en un plazo de TRES MESES a contar desde el día siguiente a la fecha de emisión, no excluyendo los días inhábiles, pero si el día del vencimiento sí lo fuere, se entenderá que el mandamiento vence el primer día hábil siguiente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 26/12/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

PaysEspagne

Date26/12/2020

Page count75

Edition count3289

Première édition01/03/2013

Dernière édition29/04/2024

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