Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 31/5/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY N 10.715

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Impóngase el nombre de Doña Esmeralda Fernández Zárate de Aguilar al Instituto Superior de Formación Docente -ISFDde la ciudad de Chepes, departamento Rosario Vera Peñaloza.
Artículo 2º.- El Ministerio de Educación fijará la fecha en la cual se concretará el Acto Formal de Imposición de Nombre, dando cumplimiento a la normativa vigente.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 139º Período Legislativo, a veintitrés días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro. Proyecto presentado por los diputados Cristian Eduardo Pérez, Luis Cleto Arce, Antonio Roberto Godoy y Laura del Valle Carrizo Arce M.C..
Teresita Leonor Madera - Presidenta - Cámara de Diputados - Juan Manuel Ártico - Secretario Legislativo
DECRETO Nº 735
La Rioja, 29 de mayo de 2024
Visto: El Expediente Código A1-00139-8/2024
mediante el cual la Función Legislativa de la Provincia eleva el texto de la Ley Nº 10.715 y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º inciso 1 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Promúlgase la Ley Nº 10.715
sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 23 de mayo de 2024.
Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Quintela, R.C., Gobernador - Luna, J.J., J.G. a/c. S.G.G.

DECRETOS AÑO 2023
DECRETO Nº 1.455
La Rioja, 16 de agosto 2023
Visto: el Decreto N 1.983/21; y,
Viernes 31 de Mayo de 2024

Considerando:
Que por Decreto N 1.983/21 se delega en el anterior Ministerio de Infraestructura y Transporte la ejecución de las obras previstas en los Convenios de Asistencia Técnica, Económica y Financiera suscritos entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la Provincia de La Rioja para la construcción y refacción de Terminales de Ómnibus en el interior de la Provincia de La Rioja.
Que en cumplimiento del acto administrativo mencionado precedentemente se Delega en la persona del Sr. Ministro de Infraestructura y Transporte Marcelo Daniel del Moral DNI Nº 18.059.985 - Decreto de Designación Nº 029/22, las facultades para la ejecución, recepción, administración y rendición de los fondos asignados y demás actos necesarios en los Convenios de Asistencia Técnica, Económica y Financiera suscritos entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la Provincia de La Rioja para la construcción y refacción de Terminales de Ómnibus en el interior de la Provincia de La Rioja, suscritos entre este Gobierno de la Provincia de La Rioja y el Ministerio de Transporte de la Nación.
Que además la Función Ejecutiva Provincial mediante Decreto N 2.266/21 modificado por Decreto N
1.674/22 se delega en el Sr. Secretario de Obras Públicas Arq. Raúl Eduardo Andalor DNI N 21.554.853 - Decreto de Designación N 1.063/22, las facultades para la ejecución, recepción, administración de los fondos asignados, su rendición de cuentas y demás actos jurídicos derivados de cada uno de los Convenios de Asistencia Técnica, Económica y Financiera suscritos entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la Provincia de La Rioja para la construcción y refacción de Terminales de Ómnibus en el interior de la Provincia de La Rioja, suscritos entre este Gobierno de la Provincia de La Rioja y el Ministerio de Transporte de la Nación.
Que por Decreto N 1.822/22 se sustituye la denominación del Ministerio de Infraestructura y Transporte por la del Ministerio de Infraestructura modificando parcialmente el Decreto N 078/19, en lo que se refiere a la denominación, órganos dependientes del mismo y competencias, excluyendo a la Secretaría de Transporte, que pasará a depender del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
Que en virtud de los fundamentos expuestos en los considerandos anteriores atentos a las modificaciones de la Estructura Funcional de esta Función Ejecutiva en bien de contribuir a la eficiencia de la gestión, es que se hace necesario que las facultades de la ejecución, recepción, administración de los fondos asignados, su rendición de cuentas y demás actos jurídicos derivados de cada uno de los Convenios de Asistencia Técnica, Económica y Financiera suscritos entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la Provincia de La Rioja para la construcción y refacción de Terminales de Ómnibus en el interior de la Provincia de La Rioja, suscritos entre este Gobierno de la Provincia de La Rioja y el Ministerio de Transporte de la Nación, correspondan al Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones y sus áreas de dependencia.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 31/5/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date31/05/2024

Page count12

Edition count2483

Première édition02/01/1998

Dernière édition19/07/2024

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