Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 22/2/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 22 de Febrero de 2022

BOLETIN OFICIAL

también la necesidad de prever un nuevo esquema de asignación de fondos, es que resulta necesario avanzar en la firma de un nuevo Convenio de Asistencia Técnica y Financiera.
Que, en consecuencia, las Partes acuerdan celebrar el presente Convenio de Asistencia Técnica, Económica y Financiera en adelante el Convenio, con sujeción a las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera: Objeto El objeto del presente Convenio es brindar asistencia técnica, económica y financiera a la Jurisdicción acordando las Partes colaborar en la ejecución del Proyecto de Refacción de la Terminal de Ómnibus de Chilecito - La Rioja en adelante, el Proyecto, a fin de garantizar la prestación de los servicios y la protección de los usuarios.
Asimismo, el Proyecto tendrá en cuenta los siguientes objetivos específicos:

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Ciento 30% del monto total previsto en la Cláusula Segunda del presente Convenio, contra la presentación y aprobación de la rendición de cuentas parcial, que avale el cumplimiento de la ejecución del Proyecto correspondiente al primer desembolso y el cumplimiento de lo establecido en la Cláusula Cuarta de este Convenio.
3 Un tercer desembolso equivalente al Veinte Por Ciento 20% del monto total previsto en la Cláusula Segunda del presente Convenio, contra la presentación y aprobación de la rendición de cuentas, que avale el cumplimiento de la ejecución del Proyecto correspondiente al segundo desembolso. Y el cumplimiento de lo establecido en la Cláusula Cuarta de este Convenio.
Cláusula Cuarta: Modalidad de las Transferencias Las transferencias estarán sujetas al cumplimiento de los requisitos que a continuación se detallan:

a. Planificar y diseñar estaciones terminales de ómnibus sustentables que por su diseño y prestación de servicios sean parte del desarrollo sostenible del país, impulsando la economía y el turismo local, y que incorporen medidas que mitiguen el impacto del cambio climático.
b. Planificar y diseñar estaciones terminales de ómnibus con perspectiva de género, asegurando prestaciones, servicios, condiciones de accesibilidad y permanencia segura de las mujeres y LGBTI+.
c. Planificar y diseñar estaciones terminales de ómnibus inclusivas que por sus características y prestación de servicios puedan garantizar la movilidad interurbana para acceder al trabajo, la educación, la atención de la salud, el turismo y la visita a familiares.

1. Para la primera transferencia:
a Nota de solicitud presentada por la Jurisdicción, suscripta por la Autoridad Superior.
b Copia certificada del Acto Administrativo de Llamado a Licitación.
c Que la Jurisdicción haya abierto la cuenta bancaria específica de acuerdo con la Cláusula Octava del presente Convenio.

Cláusula Segunda: Financiamiento
a Nota presentada de la solicitud de transferencia por certificación de OBRA suscripta por la Autoridad Competente de la Jurisdicción que manifieste el avance alcanzado por ejecución.
b Facturas, Comprobante de Pago y registro fotográfico del acopio de materiales realizado.
c Los Certificados de Obra que demuestren la ejecución porcentual que se acredita y los montos certificados.
d La curva de inversión del avance que se acredita.
e Documentación fotográfica del avance de obras.
f Declaración Jurada firmada por la Autoridad Competente respecto de la veracidad de la documentación remitida al Ministerio para la Rendición de Cuentas.
La viabilidad de las transferencias estará condicionada al cumplimiento de lo establecido en los Decretos Nº 892 del 11 de diciembre de 1995, 225 del 13 de marzo de 2007 y 782 del 20 de noviembre de 2019, la Resolución Nº 257 del 11 de noviembre de 2020 del Ministerio de Transporte, lo estipulado en la Cláusula Novena del presente Convenio, contar con la conformidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de Obras de Transporte y la aprobación de la Secretaría de Articulación Interjurisdiccional en su calidad de Autoridad de Aplicación.
Los desembolsos efectuados por el Ministerio en ningún caso podrán superar el monto de los gastos devengados por la Jurisdicción en razón del Proyecto.

El Ministerio, aportará a la Jurisdicción hasta un monto máximo de Pesos Cuarenta y Ocho Millones Doscientos Trece Mil Ciento Ochenta y Tres Con Setenta y Ocho Centavos $ 48.213.183,78.
El monto asignado se destinará exclusivamente para la financiación del Proyecto, según la disponibilidad presupuestaria del Ministerio, quedando a riesgo de la Jurisdicción la posibilidad de asumir con fondos propios lo que exceda del monto máximo previsto derivado de posibles ampliaciones de obra, adicionales de obras y/o redeterminaciones de precios.
La ejecución del Proyecto deberá realizarse de conformidad con las Pautas de Diseño para la Renovación Integral de Terminales de Buses de Media y Larga Distancia que a tal fin provea el Ministerio.
Las transferencias estarán condicionadas al cumplimiento de lo establecido en las Cláusulas Tercera, Cuarta, Quinta y Novena del presente Convenio.
Cláusula Tercera: Asignación de Fondos Los fondos se transferirán de la siguiente manera:
1 Un primer desembolso equivalente al Cincuenta Por Ciento 50% del monto total previsto en la Cláusula Segunda contra la suscripción del presente Convenio y el cumplimiento de lo establecido en la Cláusula Cuarta de este Convenio.
2 Un segundo desembolso equivalente al Treinta por
2. Para las posteriores transferencias:
Serán realizadas una vez que se acrediten los avances determinados para cada oportunidad con la documentación que a continuación se detalla:

Cláusula Quinta: Obligaciones de La Jurisdicción La Jurisdicción ejecutará las actividades que a continuación se indican:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 22/2/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date22/02/2022

Page count20

Edition count2476

Première édition02/01/1998

Dernière édition18/06/2024

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