Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 17/4/2015

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 22

BOLETIN OFICIAL

el Art. 67 y conc. del citado Código, bajo apercibimiento de tener por desistido los derechos en trámite, inscribiéndose la mina como vacante Art. 61 C.P.M.. Artículo 6 Notifíquese por Escribanía de Minas, cúmplase con lo dispuesto en el punto 1 de la presente Disposición y confecciónense los edictos ordenados, haciéndose entrega para su publicación, fecho, pase a Sección Padrones, Resérvese. Fdo. Ing. Héctor E. Romero, Director General de Minería, La Rioja. Ante mí:
Luis Héctor Parco, Escribano de Minas.
Luis Héctor Parco Escribano de Minas Dcción. Gral. de Minería
Viernes 17 de abril de 2015
Disposición y confecciónense entrega para su publicación, Resérvese. Fdo. Ing. Héctor Minería, La Rioja. Ante mí:
Minas.

los edictos ordenados, haciéndose fecho, pase a Sección Padrones, E. Romero, Director General de Luis Héctor Parco, Escribano de
Luis Héctor Parco Escribano de Minas Dcción. Gral. de Minería N 17.078 - $ 672,00 - 10; 17 y 24/04/2015

N 17.077 - $ 672,00 - 10; 17 y 24/04/2015
Edicto de Manifestación de Descubrimiento

Edicto de Manifestación de Descubrimiento Titular: Correa Américo Emilio - Expte. N 52 - Letra C - Año 2014. Denominado: CBA II. Departamento de Catastro Minero: La Rioja, 17 de octubre de 2014. Señor Director: La presente solicitud de Manifestación de Descubrimiento cuyos valores de coordenadas denunciadas del lugar de toma de muestra son X=6556344.1 - Y=3370431.1 ha sido graficada en el departamento Independencia de esta Provincia, conforme a lo manifestado por el interesado en presentación de fs. 1 y 2 de los presentes actuados. Se informa que el área de protección de dicha manifestación tiene una superficie libre de 49 ha 9641.8 m2; dicha área de protección queda comprendida entre las siguientes coordenadas: Gauss Krugger Posgar 94: Y=3369977.400 X=6656692.100
Y=3370979.620
X=6656692.170
Y=3370979.620
X=6656193.590
Y=3369977.440
X=6656193.590.
La Nomenclatura Catastral correspondiente es: 6656344.13370431.1-13-11-M. Fdo. Daniel Zarzuelo, Jefe de Catastro de Minero Dirección Gral. de Minería: La Rioja, 02 de marzo de 2015. Visto y Considerando El Director de Minería Dispone:
Artículo 1 Regístrese en el protocolo respectivo la presente solicitud de Manifestación de Descubrimiento, publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Provincia por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días, y fíjese cartel aviso en la pizarra de esta Dirección, de conformidad a lo establecido por el Art. 53
del Código de Minería, llamando por el término de sesenta 60
días a quienes se consideren con derecho a deducir oposiciones Art. 66 del citado Código. Artículo 2 Inclúyase este Registro en el Padrón Minero, con la constancia de la exención del pago del canon minero por el término de tres años, conforme lo establece el Artículo 224 del Código de Minería. Artículo 3 La publicación de los edictos referenciada en el punto precedente, debe ser acreditada por el solicitante con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial y cumplida la misma, deberá presentar los ejemplares del Boletín con la primera y última publicación, bajo apercibimiento de aplicar lo establecido en el Art. 57 del C.P.M. Ley N 7.277. Artículo 4 El término de cien 100 días que prescribe el Art. 68 del Código de Minería para la ejecución de la Labor Legal comenzará a correr desde el día siguiente al de su registro, bajo apercibimiento de caducidad del derecho, cancelando el registro y teniendo la manifestación como no presentada Art. 60 del CPM. Artículo 5 El concesionario deberá dentro de los treinta 30 días posteriores al vencimiento de la Labor Legal, solicitar la pertenencia que le corresponda de acuerdo a lo establecido por el Art. 67 y conc. del citado Código, bajo apercibimiento de tener por desistido los derechos en trámite, inscribiéndose la mina como vacante Art.
61 C.P.M.. Artículo 6 Notifíquese por Escribanía de Minas, cúmplase con lo dispuesto en el punto 1 de la presente
Titular: Correa Américo Emilio - Expte. N 51 - Letra C - Año 2014. Denominado: CBA I. Departamento de Catastro Minero: La Rioja, 17 de octubre de 2014. Señor Director: La presente solicitud de Manifestación de Descubrimiento cuyos valores de coordenadas denunciadas del lugar de toma de muestra son X=6655711.5 - Y=3370847.9 ha sido graficada en el departamento Independencia de esta Provincia, conforme a lo manifestado por el interesado en presentación de fs. 1 y 2 de los presentes actuados. Se informa que el área de protección de dicha manifestación tiene una superficie libre de 12 ha 4916.72 m2; dicha área de protección queda comprendida entre las siguientes coordenadas: Gauss Krugger Posgar 94: Y=3370727.720 X=6655926.740
Y=3371228.810
X=6655926.740
Y=3371228.810
X=6655677.450
Y=3370727.720
X=6655677.450.
La Nomenclatura Catastral correspondiente es: 6655711.53370847.9-13-11-M. Fdo. Daniel Zarzuelo, Jefe de Catastro de Minero Dirección Gral. de Minería: La Rioja, 04 de marzo de 2015. Visto y Considerando El Director de Minería Dispone:
Artículo 1 Regístrese en el protocolo respectivo la presente solicitud de Manifestación de Descubrimiento, publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Provincia por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días, y fíjese cartel aviso en la pizarra de esta Dirección, de conformidad a lo establecido por el Art. 53
del Código de Minería, llamando por el término de sesenta 60
días a quienes se consideren con derecho a deducir oposiciones Art. 66 del citado Código. Artículo 2 Inclúyase este Registro en el Padrón Minero, con la constancia de la exención del pago del canon minero por el término de tres años, conforme lo establece el Artículo 224 del Código de Minería. Artículo 3 La publicación de los edictos referenciada en el punto precedente, debe ser acreditada por el solicitante con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial y cumplida la misma, deberá presentar los ejemplares del Boletín con la primera y última publicación, bajo apercibimiento de aplicar lo establecido en el Art. 57 del C.P.M. Ley N 7.277. Artículo 4 El término de cien 100 días que prescribe el Art. 68 del Código de Minería para la ejecución de la Labor Legal comenzará a correr desde el día siguiente al de su registro, bajo apercibimiento de caducidad del derecho, cancelando el registro y teniendo la manifestación como no presentada Art. 60 del CPM. Artículo 5 El concesionario deberá dentro de los treinta 30 días posteriores al vencimiento de la Labor Legal, solicitar la pertenencia que le corresponda de acuerdo a lo establecido por el Art. 67 y conc. del citado Código, bajo apercibimiento de tener por desistido los derechos en trámite, inscribiéndose la mina como vacante Art.
61 C.P.M.. Artículo 6 Notifíquese por Escribanía de Minas, cúmplase con lo dispuesto en el punto 1 de la presente Disposición y confecciónense los edictos ordenados, haciéndose entrega para su publicación, fecho, pase a Sección Padrones, Resérvese. Fdo. Ing. Héctor E. Romero, Director General de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 17/4/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date17/04/2015

Page count24

Edition count2483

Première édition02/01/1998

Dernière édition19/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Abril 2015>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930