Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 13/8/2013
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja
Martes 13 de agosto de 2013
BOLETIN OFICIAL
Cláusula Décimo Tercera: La Provincia tendrá a su cargo el diseño, la contratación si correspondiere, ejecución, inspección y mantenimiento de las Obras, y su posterior operación cuando correspondiere, asumiendo la responsabilidad exclusiva de todos los efectos que de ello resulten.
Cláusula Décimo Cuarta: Serán por cuenta y cargo de la Provincia los actos administrativos y gestiones judiciales o extrajudiciales que fueran menester para concretar eventuales expropiaciones, constituir servidumbres u obtener permisos de paso, así como el pago de las indemnizaciones correspondientes y los costos que generen tales actividades.
Cláusula Décimo Quinta: La Provincia abonará con recursos propios los reclamos de pago de cualquier naturaleza que se le efectúen. La Subsecretaría afrontará sólo el financiamiento en los términos establecidos en la Cláusula Sexta, sin que ello implique asumir el carácter de Comitente ni subrogarse en los derechos y obligaciones de la Provincia en los actos administrativos que suscriba.
Cláusula Décimo Sexta: La Subsecretaría podrá realizar las auditorías técnicas y financieras que considere conveniente, con el objeto de verificar el correcto cumplimiento de las Obras, sin perjuicio de las tareas inherentes a cargo de la Provincia comprometiéndose ésta, a garantizar el ejercicio de las mismas las que, no requerirán autorización, permiso o cualquier manifestación de voluntad por parte de aquella, no pudiendo obstaculizarlas, ni negarse a facilitar la documentación o información que le sea requerida.
Cláusula Décimo Séptima: La Provincia deberá acompañar junto con el último Certificado, las Declaraciones Juradas de Finalización de Obras, en adelante las Declaraciones Juradas de Finalización para cada obra acreditando que las Obras se encuentran ejecutadas al Cien por Ciento 100%.
Cláusula Décimo Octava: Toda modificación relativa a las Obras, o requerimiento de financiamiento adicional, deberá ser previamente aprobada por la Subsecretaría como condición para su implementación.
Cláusula Décimo Novena: Para todos los efectos legales y/o controversias que pudieren suscitarse, Las Partes se someten a la jurisdicción de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En prueba de conformidad, se firman dos 2
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 27 días del mes de mayo de 2013.
Total Municipalidad de Che pes
178973
CHILECITO
178974
CHILECITO
Dr. Luis Beder Herrera Gobernador Provincia de La Rioja
178603
Remodelación Plaza Los Palacios Total Municipalidad de Felipe Varela
Municipalidad Comisión de Fomento
De nominació n de la Obra
Monto
Plaz o de Ejecución
178687
ANGEL VICENTE
PEÑALOZA
Cordón cuneta
$
1.740.480, 00
$
1.740.480, 00
8
$
1.500.000, 00
$
1.500.000, 00
$
100.000,00
$
100.000,00
$
1.040.752, 48
6
CASTRO BARROS
Veredas sobre Ruta 75 y Camping
Total Municipalidad de Castro Barros
178920
178633
CHAMICAL
Forestación urbana Total Municipalidad de Chamical CHEPES
Cordón cuneta y veredas
$
268.323,55
10
44-5-8-1
1
6
44-5-8-1
1
2
3
44-5-8-1
2
44-5-8-1
6
44-5-8-1
1
6
44-5-8-1
1
6
44-5-8-1
1
$
600.000,00
$
400.000,00
$
1.250.000, 00
12
44-5-8-1
1
4
44-5-8-1
1
$
758.205,10
6
44-5-8-1
1
$
133.619,15
3
44-5-8-1
1
$
268.323,55
$
981.788,36
178673
FELIPE VARELA
179608
GRAL. SAN
MARTIN
$
981.788,36
$
294.179,79
GRAL.
BELGRANO
$
298.883,17
$
593.062,96
$
250.000,00
Plazoleta Barrio del Rosario 178609
GRAL. SAN
Plazoleta del MARTIN
Niño Total Municipalidad de San Martín 178681
1
Remodelación Plaza del Chañar 178678
GRAL.
Cordón cuneta BELGRANO
y 4.000 m. de vereda 178680
GRAL.
Pistas de BELGRANO
Salud Total Municipalidad de Gral. Belgrano
Urbanización peatonal en Barrio Ana Huasi, El Elefante y Facundo Quiroga 178616
GRAL JUAN F.
Desages QUIROGA
pluviales en Juan F.
Quiroga Total Municipalidad de Gral. Juan Facundo Quiroga 178675
Urbanización GUANDACOL
peatonal, cordón cuneta y veredas Total Municipalidad de Guandacol
1
1
1
1
2
3
178618
GRAL JUAN F.
QUIROGA
178703
LA RIOJACAPITAL
178706
LA RIOJACAPITAL
Techo sombra y terminación de baños en El Cantadero 8 pistas de salud
Total Municipalidad de La Rioja Capital
178694
178619
PATQUIA
Rotonda de acceso a Patquía Total Municipalidad de Patquía SAN BLAS DE LOS
SAUCES
Refacción y remodelación Plaza de Salicas 178623
SAN BLAS DE LOS
Plaza SAUCES
Chaupihuasi Refacción y 178620
SAN BLAS DE LOS
remodelación SAUCES
Plaza de Los Sauces Total Municipalidad de San Blas de Los Sauces
VILLA UNION
Desages pluviales Total Municipalidad de Villa Unión
$
891.824,25
2
$
1.192.325, 90
$
1.192.325, 90
3
44-5-8-1
1
$
41.166,14
2
44-5-8-1
1
$
1.838.653, 32
$
1.879.819, 46
$
52.911,00
12
44-5-8-1
1
1
2
6
44-5-8-1
4
44-5-8-1
1
$
389.110,00
3
44-5-8-1
1
$
272.145,00
8
44-5-8-1
1
$
52.911,00
$
488.750,00
$
1.150.005, 00
$
210.204,21
$
210.204,21
$
17.153.353
,56
1
1
3
2
44-5-8-1
1
1
23
ANEXO
Código de Obra
178614
Intervención en Plaza Sagrada Familia y Pesebre Total Municipalidad de Famatina
$
1.040.752, 48
$
2.732562,7
6
$
1.569.293, 63
$
4.301.856, 39
FAMATINA
Total General
ANEXO I
Total Municipalidad de Ange l V. Peñaloza
Solados y puesta en valor rotondas Iluminación
Total Municipalidad de Chilecito
178672
Arg. Germán A. Nivello Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda Secretaría de Obras Públicas
Pág. 3
Imputació n Presupues taria 44-5-8-1
Cant. de Obras
1
1
44-5-8-1
1
1
2
44-5-8-1
6
44-5-8-1
1
1
1
Reglamento General para la Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos a Provincias, Municipios y/u otros Entes Artículo Primero: El presente reglamento deberá ser observado por la totalidad de dependencias centralizadas y descentralizadas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios que ejecuten créditos en las condiciones establecidas en el Artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo Segundo: Los responsables de la Unidades Ejecutoras de Programas están obligados a hacer cumplir las disposiciones del presente Reglamento.