Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 11/6/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY Nº 9.371

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Impóngase el nombre de Inmaculada Concepción de María al Hospital de La Madre y el Niño, entidad descentralizada creada por Ley N 9.119.
Artículo 2º.- Autorízase a la Función Ejecutiva, a través del Ministerio de Salud Pública a realizar los actos administrativos formales para la presentación del nombre del nosocomio, objeto de esta ley.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 128º Período Legislativo, a dieciocho días del mes de abril de año dos mil trece. Proyecto presentado por los diputados: Nicolasa Cristina Saúl, Silvia Natividad Córdoba, Camila del Valle Herrera, María Florencia López, Haydée Silvia Machicote, Rosa Yolanda Molina, Adriana del Valle Olima, Sigrid Patricia Waidatt, Judit Marisa Díaz Bazan y Guillermo Federico Galván.
Judit Díaz Bazán - Vicepresidenta 2º - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Jorge Raúl Machicote Secretario Legislativo
Martes 11 de junio de 2013

correspondientes a los Ministerios y Secretarías de dependencia directa de esta Función Ejecutiva.
Que la referida norma, en sus Artículos 1 incisos 2, 22 y 23, creó, determinó la competencia y las acciones de carácter general del Ministerio de Hacienda, respectivamente.
Que mediante el segundo de los actos administrativos, se rediseñó la estructura organizativa y funcional del Ministerio de Hacienda en el marco de las políticas de gestión y organización de la Administración Pública Provincial, compatibilizando la satisfacción de los requerimientos estratégicos y operativos en tales materias.
Que, con el dictado del Decreto N 151/09, se dispuso la creación en el ámbito de dicho Ministerio, de cargos de Coordinaciones y Supervisiones a los efectos de satisfacer funciones que, hasta ese momento, no se encontraban contempladas.
Que dicho Ministerio ha propuesto a esta Función Ejecutiva dar completividad a su estructura orgánica, introduciendo modificaciones en los cargos técnicos operativos que se compadecen con la especificidad de la materia de su competencia y las necesidades expuestas.
Que, es propósito hacer lugar a lo solicitado por el Ministerio de Hacienda, por lo que procede actuar conforme con las facultades otorgadas por el Artículo 25 de la Ley N 9.137 de Presupuesto para el presente ejercicio económico - financiero.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 126 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

DECRETO N 623
La Rioja, 07 de mayo de 2013
Visto: el Expte. Código A1 N 02755-4/13, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto sancionado de la Ley N 9.371 y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 inc. 1 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 9.371 sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia, con fecha 18 de abril de 2013.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Luna, J.J., M.S.P.
DECRETOS AÑO 2012
DECRETO N 1.851
La Rioja, 17 de diciembre de 2012
Visto: el Decreto N 2.760 de fecha 07 de diciembre de 2007, ratificado por Ley N 8.229; el Decreto N 063 de fecha 18 de diciembre de 2007, ratificado por Ley N 8.240; y sus complementarios; y, Considerando:
Que el primero de los actos administrativos citados, reformuló el nivel de las Unidades de Organización
Artículo 1.- Créase en el ámbito del Ministerio de Hacienda y bajo directa dependencia de la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración del Ministerio de Hacienda, la Coordinación de área de Trámites de Importación, y el respectivo cargo de Coordinador de Area de Trámites de Importación, Funcionario No Escalafonado, el que tendrá la siguiente competencia:
1- Participar en los trámites administrativos ante la Secretaría de Comercio Exterior del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, para la adquisición de bienes de importación;
2- Entender en los trámites administrativos ante la Dirección General de Aduanas, integrante de la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP, Despachantes de Aduanas, y demás Organismos relacionados con la nacionalización de bienes de importación.
3- Satisfacer los requerimientos que se le formulen referidos con los trámites ante la Administración Federal de Ingresos Públicos - Dirección General Impositiva AFIP-DGI, que sean de interés de la Provincia.
4- Participar en los trámites ante los demás organismos nacionales y provinciales, afines con Comercio Exterior.
5- Satisfacer las órdenes directas emanadas de la Dirección General de su dependencia relacionada con la materia.
Artículo 2.- Con la participación de los organismos específicos de la Administración Pública Provincial, efectúense las registraciones pertinentes.
Artículo 3.- El presente decreto será refrendado por todos los Ministros de la Función Ejecutiva Provincial.
Artículo 4.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Madera, T.L., M.D.S - Flores, R.W., M.E.C. y T. - Guerra, R.A., M.H. - Luna, J.J., M.S.P. Alvarez, D.F., M.G.J.S. y DD.HH. a/c M.P. y D.L. - Bosetti, N.G., M.I - Paredes Urquiza, A.N., S.G. y L.G.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 11/6/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date11/06/2013

Page count20

Edition count2476

Première édition02/01/1998

Dernière édition18/06/2024

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