Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 25/11/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 25 de noviembre de 2008

45

10

Brizuela Viñas, Facundo B.E.H.
Construcciones S.R.L.
Signo S.A.
J.M.G.
Construcciones de Juan Manuel González Torre, Guillermo Luis de Guillermo Luis Torre Casema Construcciones de Mario Alfredo Navarro Afema S.A.

46

82

Uniser S.A.

40

32

41
42

15
103

43

74

44

36

BOLETIN OFICIAL

79/08

A

$ 14.842.139,15

30/06/09

80/08
81/08

A
B

$ 31.194.825,69
$ 500.000,00

A
B

$ 500.000,00 31/07/09
$ 30/06/09
3.162.396,17

82/08

B

$ 4.695.338,75

B

$ 500.000,00 30/06/09

83/08

B

$ 10.586.983,18

85/08

C

$ 500.000,00

A

86/08

A

$ 500.000,00

A

30/06/09

30/06/09
$ 356.269.478,04
$ 48.963.891,22 30/12/08

Arq. Sergio Soler Secretario Técnico - Registro de Contratista Ministerio de Infraestructura
Pág. 5

Que, a fs. 168, el Sr. Luis Oscar del Valle Aranda, L.E.
N 6.963.575, aceptan el esquema de consolidación establecido por la Ley Nº 7.112 y su reglamentación, solicitando la entrega de Bonos de Consolidación Moneda Nacional 2% -Ley Nº 7.112, de acuerdo a lo normado por el Decreto Nº 1.180/08, Artículo 1.
Que las mencionadas actuaciones cuentan con Dictámenes N 463/08 y Nº 540/08 de la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, según consta en autos.
Que, por lo precedentemente expuesto, es propósito de este Ministerio cancelar la deuda que el Estado Provincial mantiene con el accionante mediante el abono de la misma en las condiciones ya establecidas e instruir a la Dirección General de Deuda Pública y Recupero de Créditos a realizar los trámites necesarios, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente acto administrativo.
Por ello;

C/c. - $ 350,00 - 25/11/2008

Ministerio de Hacienda RESOLUCION M.H. Nº 1.082
La Rioja, 10 de octubre de 2008
Visto: los Decretos F.E.P. N 357 de fecha 26 de junio de 2001, N 1.029 del 14 de noviembre de 2002, N 114 de fecha 28
de enero de 2004 y N 1.180 de fecha 19 de mayo de 2008, reglamentarios de la Ley Provincial N 7.112 que adhiere a la Ley Nacional N 25.344 de Emergencia Económico-Financiera Nacional; y Considerando:
Que, conforme lo establecido en el Artículo 25 del Decreto F.E.P. N 357/01, el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas actualmente Ministerio de Hacienda será la autoridad de aplicación del Régimen de Consolidación y está facultado para dictar las normas aclaratorias y complementarias que demande su implementación.
Que, con fecha 19 de mayo de 2008, se dicta el Decreto F.E.P. N 1.180 que establece como principio rector que, debido a la difícil situación financiera por la que atraviesa la provincia, las deudas alcanzadas por el Régimen de Consolidación del Pasivo Público Provincial serán canceladas mediante la entrega de Títulos Públicos contemplados en el Artículo 10 - inc. c del Decreto Nº 357/01 y Artículo 5 del Decreto Nº 1.029/02.
Que por expediente Código 03C-N 017149-9-Año 1991, se tramita el pago retroactivo de la Bonificación Fija del 15%, oportunamente establecida a los beneficiarios del ex Banco Provincia de La Rioja en Resolución N 160/84, y se autoriza la liquidación a favor del Sr. Luis Oscar del Valle Aranda por el Comité Ejecutivo del Banco Provincia mediante Resolución N
017/87.

Que de fojas 163 a 165 se realiza una nueva liquidación, de acuerdo a lo indicado mediante Dictamen N
463/08 de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Hacienda, referida a la aplicación de la Resolución N 4.404/96
de fecha 28/06/1996, en la cual el Interventor del IPSAS
resuelve abonar la bonificación reclamada desde el 01/01/93, fecha en que dejan de percibir los agentes activos y de aportar al Sistema Previsional hasta el 31/03/1996.
Que a fs. 151 se informa que el Sr. Aranda comenzó a percibir en su haber jubilatorio el adicional en cuestión, a partir del mes de febrero/97, liquidándose hasta la fecha. Y, en cuanto a la liquidación posterior al 31/03/1996, deberá dirigirse el reclamo ante la ANSES, en virtud del Convenio de Transferencia celebrado oportunamente.

EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:
1.- Asignar al Sr. Luis Oscar del Valle Aranda la cantidad de Bonos de Consolidación en Moneda Nacional 2% Ley N 7.112 PROR 1 - Especie 2.470 de valor nominal Treinta y Un Mil Setecientos Noventa y Cuatro V.N. 31.794,00, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1 del Decreto N
1.180/08, el Artículo 5º - inc. 5 del Decreto N 1.029/02 y a las facultades conferidas por el Decreto N 114/04, reglamentarios de la Ley N 7.112, para la cancelación de la acreencia, cuya atención fuera determinada por el período comprendido desde el 01 de enero de 1993 hasta el 31 de marzo de 1996 en Resolución N
017/87.
2.- Establecer como información requerida para el registro de títulos a favor del Sr. Luis Oscar del Valle Aranda, según Anexo I del Convenio firmado entre Caja de Valores S.A.
y la Provincia de La Rioja con fecha 04 de diciembre de 2003, la que se consigna a continuación:
1. Persona Física 1.1. Fecha que deba practicarse la inscripción en el Registro:
1.2. Apellido y Nombre: Aranda Luis Oscar del Valle 1.3. Domicilio: Ing. Pedro Bazán N 440 - Barrio U.P.C.N.
1.4. Nacionalidad: argentina 1.5. Documento de Identidad: L.E. N 6.963.575
1.6. Número de inscripción en el Impuesto a las Ganancias:
20-06963575-0
1.7. Tenencia en diversas clases de títulos, si los hubiere:

1.8. De existir condominio en la cuenta, datos completos del condómino, según se trate, de persona física o jurídica:

3.- Solicitar a Caja de Valores S.A. el registro de los títulos asignados por el Artículo 1 de la presente Resolución a favor de Luis Oscar del Valle Aranda.
4.- Comunicar por la Dirección General de Deuda Pública y Recupero de Créditos a Caja de Valores S.A. lo establecido en la presente resolución.
5.- Autorizar a la Dirección General de Deuda Pública y Recupero de Créditos a librar orden de pago por un monto de Pesos Trescientos Sesenta y Seis con 30/100 $ 366,30 en concepto de A.P.O.S. Obligatorio.
Las erogaciones ordenadas se imputarán a las Partidas Específicas del Presupuesto vigente con cargo de oportuna rendición de cuentas.
6.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Ricardo Antonio Guerra

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 25/11/2008

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date25/11/2008

Page count21

Edition count2483

Première édition02/01/1998

Dernière édition19/07/2024

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