Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 31/7/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 31 de julio de 2007

BOLETIN OFICIAL

Artículo 5º- Dése a conocer por donde corresponda de la presente modificación presupuestaria a la Función Legislativa Provincial.
Artículo 6º- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Subsecretario de Gestión Pública.
Artículo 7º- Comuníquese, notifíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza A.E., Gobernador - Caridad, A.G., M.H. y O.P. Zalazar Gell, Subs. G.P.

DECRETO N 508
La Rioja, 09 de marzo de 2007
Visto: el Expediente C1 N 00001-0/07, por el cual se solicita la afectación de la señora María Soledad Flores Bustamante, D.N.I. N 26.336.189, desde el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas al Ministerio de Gobierno y Derechos Humanos; y, Considerando:
Que la agente citada, según el informe de fs. 08 de la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes, revista en la Categoría 18, Agrupamiento Administrativo, Planta Permanente del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas.
Que el Decreto F.E.P. N 880/03 modificado por N
499/04, establece que las afectaciones se darán entre organismos dependientes de la Función Ejecutiva Provincial, siendo facultad discrecional del señor Gobernador otorgar la afectación solicitada.
Que es propósito de esta Función Ejecutiva acceder a lo solicitado, teniendo en cuenta que tanto la Subsecretaría de Gestión Pública, como los organismos involucrados prestaron su conformidad para con la afectación solicitada.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Aféctase, a partir de la fecha y por un período de hasta seis 6 meses, para prestar servicios en el Ministerio de Gobierno y Derechos Humanos, a la agente María Soledad Flores Bustamante, D.N.I. N 26.336.189, Categoría 18, Agrupamiento Administrativo, Personal de Planta Permanente del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas.
Artículo 2.- Cumplido el lapso fijado en el artículo anterior del presente decreto, y si no mediare pedido de transferencia, el agente allí citado volverá a revistar automáticamente en su repartición de origen.
Artículo 3.- Como consecuencia de lo establecido en el Artículo 1 del presente decreto, el agente afectado registrará su asistencia diaria en su nuevo lugar de servicio, por el período allí señalado.
Artículo 4.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Obras Públicas y de Gobierno y Derechos Humanos y suscripto por el señor Subsecretario de Gestión Pública.
Artículo 5.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Boletín Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Caridad, A.G., M.H. y O.P. Cura, A.O., M.G. y D.H. - Zalazar Gell, D.E., Subs. G.P.

Pág. 3
DECRETOS AÑO 2006

DECRETO N 2.209
La Rioja, 05 de diciembre de 2006
Visto: los Decretos Ns. 616/00 y 1.524/06, el proyecto elevado por el Ministro de Hacienda y Obras Públicas; yConsiderando:
Que el decreto citado en primer término crea la Unidad de Trámite Previsional para el Régimen Policial y Penitenciario que actualmente funciona en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Derechos Humanos.
Que, por su parte, el Decreto N 1.524/06 crea en el ámbito del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas la Subsecretaría de Gestión Previsional con el propósito de concentrar la atención de los asuntos relativos a la materia previsional a cargo del Gobierno Provincial.
Que en función del reordenamiento precitado, el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas ha presentado un proyecto consistente en la transferencia de la Unidad de Trámite Previsional para el Régimen Policial y Penitenciario, bajo directa dependencia de la Subsecretaría de Gestión Previsional y la creación del cargo Coordinador de Area de la Unidad de Trámite Previsional para el Régimen Policial y Penitenciario, con carácter de Funcionario no Escalafonado.
Que la Subsecretaría de Gestión Pública ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial y el Artículo 15
Inciso 6 de la Ley N 7.632 de Ministerios, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Transfiérese la Unidad de Trámite Previsional para el Régimen Policial y Penitenciario creada por el Decreto N 616/00, al ámbito del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, donde funcionará bajo directa dependencia de la Subsecretaría de Gestión Previsional.
Artículo 2.- Créase en el ámbito del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas y bajo directa dependencia de la Subsecretaría de Gestión Previsional, el cargo Coordinador de Area de la Unidad de Trámite Previsional para el Régimen Policial y Penitenciario, Funcionario no Escalafonado.
Artículo 3.- Establécese la continuidad de las afectaciones del personal dispuestas por el Decreto N 616/00.
Artículo 4.- Sustitúyese el Anexo I del Decreto N
046 de fecha 10 de diciembre de 2003 Organigrama Funcional del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, sus modificatorios y sustitutivos por el Anexo I del presente decreto.
Artículo 5.- El presente decreto será refrendado en acuerdo General de Gabinete.
Artículo 6.- Comuníquese, publíquese, notifíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. - Cura, A.O., M.G. y D.H. - Calderón, F.A., M.E. - Buso, A.E., M.S.
- Bengolea, J.D., M.I.C. y E. - Catalán, R.C., S.G. y L.G. Salomón, J.H., S.A. y R.N. - Cárbel, J.P., S.G. - Maza, J.R., P.C.P.C.P.S.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 31/7/2007

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date31/07/2007

Page count20

Edition count2476

Première édition02/01/1998

Dernière édition18/06/2024

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