Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 3/3/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL

Viernes 03 de marzo de 2006
ANEXO

DECRETOS AÑO 2005

RECURSOS

DECRETO N 1.219

Increm.

Dismin.

Que, de acuerdo a la información obrante en autos, se justifica el requerimiento de incorporación de recursos realizado por la Dirección General de Administración del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas.
Que, asimismo, se hace necesario cubrir la reserva para otorgar ampliaciones de créditos, conforme la política de inversión fijada por este Gobierno Provincial, por el mismo monto de la incorporación de recursos, es decir, la suma de $ 500.803,09.
Que el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto N
7.785 faculta a esta Función Ejecutiva a introducir ampliaciones en los créditos Presupuestarios y establecer su distribución en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos en los montos estimados para Recursos y para el Endeudamiento Público, determinados en los Artículos 2 y 4 de la presente ley.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Distribución N 02/05.
Por ello, y lo establecido por el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto N 7.785 y 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Modifícanse los importes del Artículo 2
de la Ley de Presupuesto N 7.785, estimándose un incremento en los Recursos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 2.- Modifícanse los totales establecidos en el Artículo 1 de la Ley N 7.785 como consecuencia de lo establecido en el artículo anterior, estimándose un incremento en los gastos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 3.- Dése a conocer por donde corresponda de la presente Modificación Presupuestaria a la Función Legislativa Provincial, conforme lo establece el Artículo 7 de la Ley de Presupuesto N 7.785.
Artículo 4.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. Caridad, A.G., S.H.

992

21

1

1
0 Total General
FF.

CED

Subconc.

Conc.

Clase
Tipo
Sbjur.

Jur.

0

0

111

500.803,09
500.803,09

111

8

4

500.803,09

SP.

1401

Total General
PA.

0

I.

0

P.

0

F.F.

0

Incremen.

U.G.

OB.

96

AC.

910

SP.

0

PY.

P.G.

91

S.A.F.

1

Jur.

GASTOS

Sbjur
Considerando:

92

Orden
Visto: el Expediente Código F13 - N 00546-5/05, mediante el cual la Dirección General de Administración que depende del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, solicita la incorporación de recursos y su correspondiente asignación de gastos, proveniente de la venta de tierras fiscales, por la suma de $ 500.803,09; y
S.A.F.

La Rioja, 15 de setiembre de 2005

7

0

500.803.09

Dismi nuc
0,00

0,00

DECRETO N 1.310
La Rioja, 03 de octubre de 2005
Visto: el Expediente Código E1 - N 00903-6/05 de la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud solicita la incorporación de Recursos al Presupuesto de la Administración Pública Provincial Ley N 7.785, provenientes del Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación y que serán destinados al Programa Educación para la Salud, por la suma de $ 7.602,00; y Considerando:
Que en Anexo I del Artículo 1 de la Resolución Ministerial N 1.485 de fecha 20 de diciembre de 2.004, se transfiere a la Provincia la suma de $ 7.602,00.
Que de acuerdo a lo expuesto, es intención de la Función Ejecutiva Provincial acceder a lo solicitado.
Que el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto N 7.785
faculta a la Función Ejecutiva a introducir ampliaciones en los créditos presupuestarios y establecer su distribución en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos en los montos estimados para Recursos y para el Endeudamiento Público determinados en los Artículos 2 y 4 de la citada norma legal.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Distribución N
02/05, reglamentario de la Ley N 7.785.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 6 de la Ley de Presupuesto N 7.785 y 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1- Modifícanse los importes establecidos en el Artículo 2 de la Ley de Presupuesto N 7.785, estimándose un incremento en los Recursos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 2- Modifícanse los totales establecidos en el Artículo 1 de la Ley N 7.785 del Presupuesto General de la Administración Pública Provincial, como consecuencia de lo establecido en el artículo anterior, estimándose un incremento

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 3/3/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date03/03/2006

Page count14

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Dernière édition18/06/2024

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