Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 26/8/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 4

BOLETIN OFICIAL
RESOLUCIONES AÑO 1997

RESOLUCION M.D.P. y T. N 906
La Rioja, 10 de noviembre de 1997
Visto: el Expte. F 12 - N 00231 - 0 - Año 1993, por el que se le otorgan los beneficios de la Ley Nacional N 22.021 a la firma La Riojana Cooperativa Vitivinifrutícola de La Rioja Limitada, mediante Decreto N 414/94; y el Expte. D1 - N 00329
- 4 - Año 1997, por el que la empresa gestiona la adecuación de su proyecto, y Considerando:
Que, a través del Decreto N 307/97, se establece que las empresas beneficiarias de la Ley Nacional N 22.021 para actividades agropecuarias y turísticas deberán presentar cuando consideren necesario adecuar parcialmente el proyecto promovido, un formulario de consulta previa en el que justifique la necesidad de la adecuación.
Que las razones expuestas por la beneficiaria justifican la necesidad de la adecuación.
Que a la vez se tiene en cuenta el grado de cumplimiento alcanzado hasta la fecha y constatado mediante las respectivas inspecciones técnicas y económicas.
Que, en consecuencia, corresponde autorizar la propuesta definitiva de adecuación del proyecto promovido.
Por ello, y de conformidad con la norma del Artículo 2
del Decreto N 307/97, EL MINISTRO DE DESARROLLO DE LA PRODUCCION Y
TURISMO
RESUELVE:
1- Acéptase la propuesta de adecuación presentada por la empresa La Riojana Cooperativa Vitivinifrutícola de La Rioja Limitada para su proyecto agrícola, promovido con los beneficios de la Ley Nacional N 22.021 mediante Decreto N 414/94.
2- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Viernes 26 de agosto de 2005

consideren necesario adecuar parcialmente el proyecto promovido, un formulario de consulta previa en el que justifique la necesidad de la adecuación.
Que las razones expuestas por la beneficiaria justifican la necesidad de la adecuación.
Que a la vez se tiene en cuenta el grado de cumplimiento alcanzado hasta la fecha y constatado mediante las respectivas inspecciones técnicas y económicas.
Que, en consecuencia, corresponde autorizar la propuesta definitiva de adecuación del proyecto promovido.
Por ello, y de conformidad con la norma del Artículo 2
del Decreto N 307/97;
EL MINISTRO DE DESARROLLO DE LA
PRODUCCION Y TURISMO
RESUELVE:
1- Acéptase la propuesta de adecuación presentada por la empresa Valle de Anillaco S.A. para sus proyectos agrícolas promovidos con los beneficios de la Ley Nacional N
22.021, mediante Decreto N 943/92, adjudicado por Resolución M.P. y D. N 261/92, Decreto N 195/93, modificado por el N
1.607/93, Decreto N 196/93, modificado por el N 987/95, Decreto N 706/93, modificado por el N 047/96, Decreto N
1.746/93, modificado por el N 046/96 y 1.019/96, Decreto N
1.856/94, modificado por los Ns. 1.466/95 y 102/97, Decreto N 298/95, modificado por el N 1.093/96, y Decreto N
511/95, modificado por los Ns. 126/96 y 1.093/96.
2- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Bengolea, J.D., M.D.P y T.

RESOLUCIONES
Dirección General de Ingresos Provinciales RESOLUCION Nº 014
La Rioja, 19 de agosto de 2005

Bengolea, J.D., M.D.P. y T.

Visto: el Decreto Nº 222/05 dictado por el Intendente de la ciudad de Chamical, y
RESOLUCION M.D.P. y T. N 948
Considerando:
La Rioja, 21 de noviembre de 1997
Visto: el Expte. D1 - N 00106 - 7 - Año 1997, por el que la firma Valle de Anillaco S.A. gestiona la fusión y adecuación de los proyectos promovidos con los beneficios de la Ley Nacional N 22.021 por Decreto N 943/92, adjudicado por Resolución M.P. y D. N 261/92, Decreto N 195/93,modificado por el N 1.607/93, Decreto N 196/93, modificado por el N
987/95, Decreto N 706/93, modificado por el N 047/96, Decreto N 1.746/93, modificado por el N 046/96 y 1.019/96, Decreto N 1.856/94, modificado por los Nºs. 1.466/95 y 102/97, Decreto N 298/95, modificado por el N 1.093/96, y Decreto N 511/95, modificado por los Ns. 126/96 y 1.093/96, yConsiderando:
Que, a través del Decreto N 307/97 se establece que las empresas, beneficiarias de la Ley Nacional N 22.021 para actividades agropecuarias y turísticas, deberán presentar cuando
Que establece que el día 22 de agosto de 2005 es asueto departamental por ser el día de fundación de la ciudad de Chamical.
Que, en consecuencia, no atenderá al público el Nuevo Banco de La Rioja S.A. - Sucursal Chamical.
Que de esa forma se imposibilita a los contribuyentes abonar las obligaciones tributarias del mencionado día.
Que se hace necesario ampliar los vencimientos para la citada Delegación de la D.G.I.P.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en facultades que le son propias, EL DIRECTOR DE LA DIRECCION DE INGRESOS
PROVINCIALES
RESUELVE:
Artículo 1º- Disponer para la Delegación de la Dirección General de Ingresos Provinciales de Chamical la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 26/8/2005

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date26/08/2005

Page count18

Edition count2483

Première édition02/01/1998

Dernière édition19/07/2024

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