Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 29/8/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

sente documento.
La Rambla, 23 de agosto de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Jorge Jiménez Aguilar.

Ayuntamiento de Rute Núm. 3.234/2022
Por Decreto de Alcaldía nº 1998 de fecha 19 de agosto de 2022, se ha acordado delegar en el Segundo Teniente de Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Rute, D. Francisco Javier Ramírez Flores, la facultad para autorizar y recibir el consentimiento en la celebración del matrimonio civil entre D. Juan Montes Pérez y D Sara Leal Burguillos, que tendrá lugar en el Salón de Plenos del Excmo. Ayuntamiento de Rute, local debidamente habilitado para ello, el día 2 de septiembre de 2022, a las 12:30 horas.
Lo que se hace público, en cumplimiento de la legislación vigente sobre Régimen Local en materia de delegaciones de competencias.
Rute, 19 de agosto de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio Ruiz Cruz.

Núm. 3.235/2022
Por Decreto de Alcaldía nº 2018 de fecha 19 de agosto de 2022, se ha acordado delegar en el Tercer Teniente de Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Rute, D. Antonio Granados Pedrazas, la facultad para autorizar y recibir el consentimiento en la celebración del matrimonio civil entre D. Francisco Granados Moscoso y D Noemí Álvarez Cabas, que tendrá lugar en el Salón de Plenos del Excmo. Ayuntamiento de Rute, local debidamente habilitado para ello, el día 16 de septiembre de 2022, a las 13:00 horas.
Lo que se hace público, en cumplimiento de la legislación vigente sobre Régimen Local en materia de delegaciones de competencias.
Rute, 19 de agosto de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio Ruiz Cruz.

OTRAS ENTIDADES
Gerencia Municipal de Urbanismo Córdoba Núm. 3.152/2022
Rf.: Planeamiento/AJAM 4.1.5 3/2018
Help 2021/33408
El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en sesión ordinaria celebrada en segunda convocatoria el día 13 de
Nº 166 p.5712

julio de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO. Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización del SECTOR 3 DEL ÁMBITO PAU.SAA-N SANTA ANA DE
LA ALBAIDA NORTE del PGOU de Córdoba, promovido por la Junta de Compensación, advirtiendo al promotor que, en todo caso, las obras se ejecutarán bajo las siguientes condiciones:
1. Durante la ejecución de las obras deberá darse cumplimiento a las observaciones y/o condiciones establecidas en los informes de Movilidad, Emacsa, Parques y Jardines y Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
2. Deberá darse cumplimiento al informe de la Oficina de Arqueología, emitido con fecha 15 de febrero de 2021 que establece que antes del inicio de las obras deberá notificarse por escrito y ante la Gerencia Municipal de Urbanismo, el inicio de los trabajos de movimientos de tierras, dentro de la movilidad de Supervisión Arqueológica en el ámbito de la urbanización.
3. Las obras se ejecutarán con estricta sujeción al Proyecto de Urbanización aprobado definitivamente y a los Pliegos de Condiciones y Presupuestos incluidos en aquel, bajo la estricta aprobación y supervisión de los técnicos designados por esta Gerencia Municipal de Urbanismo.
4. El solicitante deberá encomendar la dirección de las obras a un técnico superior quien estará acompañado por un técnico de grado medio y un vigilante de obras, con el objeto de garantizar la correcta ejecución de las mismas.
5. Asimismo, deberá comunicar a esta Gerencia con setenta y dos horas de antelación, la fecha de comienzo de las obras, el nombre del contratista que las realice y, en su caso, el de los técnicos directores de las obras para poder ejercer el debido control e inspección de las mismas así como suscribir conjuntamente con la Unidad Técnica del Servicio de Planeamiento y Gestión el Acta de Comprobación de Replanteo previo al comienzo de las obras.
SEGUNDO. Advertir al promotor de que en el plazo de los tres meses siguientes a la notificación del acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de urbanización, deberá constituir un depósito del 2% del presupuesto de ejecución material calculado cono arreglo al coste de las obras, en concepto de control de calidad, para la realización de los ensayos correspondientes.
TERCERO. No se podrán recibir las obras de urbanización hasta tanto no se constituya la correspondiente Entidad Urbanística de Conservación conforme a la obligación establecida en el instrumento de planeamiento y se acredite la ejecución de las obras o aportación de los importes derivados de los Planes Especiales de Infraestructuras.
CUARTO. Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia para su entrada en vigor y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 141.4 del Reglamente de Planeamiento.
QUINTO. Notificar al promotor y demás interesados y a la Delegación de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Córdoba.
Córdoba, 10 de agosto de 2022. Firmado electrónicamente por el Gerente, Luis Valdelomar Escribano.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Lunes, 29 de Agosto de 2022

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 29/8/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaysEspagne

Date29/08/2022

Page count13

Edition count3541

Première édition04/01/2010

Dernière édition06/06/2024

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