Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 27/10/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 2860 - 27/10/2017

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

SERVICIOS solicitará a su personal el certificado de buena salud quedando bajo su responsabilidad la cobertura de todo accidente o enfermedad que pudiera ocurrirles por el uso de materiales, herramientas El personal que prestará servicio en la cocina deberá contar con el CARNET
SANITARIO actualizado.
CLAUSULA NOVENA: EL PRESTADOR
DE SERVICIOS se obliga a notificar fehacientemente al COMITENTE cualquier cambio en la nómina de personal altas y bajas con el que se efectúa el servicio contratado en un plazo de 48 hs. de producido, debiendo en esa oportunidad presentar ante el Servicio Administrativo Financiero 025 dependiente de la Dirección Provincial de Administración del Ministerio de Desarrollo Social nómina del nuevo personal afectado, nuevo listado de relaciones laborales activas a la fecha y, Constancia de Alta del Trabajador si correspondiere, emitidas por el sitio web de Administración Federal de Ingresos Públicos, con su adecuada categorización, y el cumplimiento de las obligaciones previsionales, fiscales y cobertura de ART, el último Formulario F.931 AFIP, con su correspondiente comprobante de pago y la póliza de seguro vigente con una Aseguradora de Riesgos de Trabajo.
CLAUSULA DECIMA: RESCISION. Se pacta expresamente que EL COMITENTE podrá rescindir unilateralmente el presente contrato sin cargo de indemnizar y siempre que tal decisión sea notificada con una antelación no inferior a Quince 15 días corridos contados desde la fecha de notificación. En tal caso pesa sobre EL
COMITENTE el deber de abonar la parte proporcional de la tarea y sobre EL PRESTADOR
DE SERVICIOS, la obligación de restituir los elementos, etc. que se le requieran a conformidad de EL COMITENTE.
CLAUSULA
DECIMO
PRIMERA:
INFORMES Y RESPONSABILIDAD.
El PRESTADOR DE SERVICIOS deberá entregar informes detallados, planillas, informes por escritos, cuando EL COMITENTE se lo solicite, o al menos una vez cada dos meses, debiendo
Núm. 86

presentar el mismo a la Administradora de la U.P.E.
Centro de Integración e Identidad Ciudadana.
Expresamente se le prohibe a EL PRESTADOR
DE SERVICIOS o a cualquiera de sus dependientes o empleados a divulgar cualquier tipo de información a terceras personas, prensa o medios de comunicación, de hechos, situaciones, datos de las personas -entre ellos menores de edadinvolucradas en las actividades del Centro de Integración e Identidad Ciudadana, y de las cuales pueda llegar a tomar conocimiento por la tarea desarrollada en dicho establecimiento. Cualquier divulgación de información en violación de lo estipulado dará derecho a EL COMITENTE a iniciar las acciones legales pertinentes. Asimismo, EL PRESTADOR DE SERVICIOS, se hace responsable de los deterioros, hurtos, daños en bienes del organismo, de sus agentes o de particulares y de cualquier circunstancia que se produzcan dentro de los objetivos del servicio de mantenimiento y limpieza, obligándose a la restitución del valor de los deterioros, de lo hurtado o de los daños producidos, para lo cual faculta a la Administradora de la U.P.E. Centro de Integración e Identidad Ciudadana a realizar la correspondiente retención, previa presentación de la documentación respaldatoria y comprobación de los daños, todo ello por intermedio de la disposición pertinente.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: La modalidad de la contratación será con Orden de Compra Abierta, conforme el artículo 46 del Decreto Acuerdo N 2248- Reglamento Parcial N2
de la Ley N4938- durante el lapso de duración previsto y el precio unitario adjudicado, hasta el límite del monto fijado en el presupuesto correspondiente.
CLAUSULA
DECIMA
TERCERA;
PENALIDADES
Y SANCIONES.
El incumplimiento de las obligaciones contraídas por EL PRESTADOR DE SERVICIOS en la contratación en particular y en el Reglamento de Contratación en su caso, dará lugar a la aplicación de las penalidades previstas en el Artículo 152 del Capítulo XXIII Penalidades Convencionales del Decreto Acuerdo N 2248/08.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 27/10/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaysArgentine

Date27/10/2017

Page count31

Edition count1388

Première édition01/12/2006

Dernière édition23/04/2021

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