Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 28/6/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Núm. 52 - 28/06/2013

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

DECRETOS
Decreto Acuerdo Nº 721
RECTIFICASE PARCIALMENTE
EL ANEXO DEL ARTICULO 2º Y
MODIFICASE EL ARTICULO 5º DEL
DECRETO ACUERDO Nº 493/2013
San Fernando del Valle de Catamarca, 27 de Mayo de 2013.
VISTO:
El Expte. M - 2863/2013 y el Decreto Acuerdo N 493 de fecha 17 de Abril de 2013; y CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto Acuerdo se fija el cupo mensual de Guardias Profesionales y Técnicas, tanto activas como pasivas, en su equivalente en horas Guardias para la cobertura prestacional en los distintos Organismos y Establecimientos Sanitarios dependientes del Ministerio de Salud.
Que el Artículo 5 del Decreto Acuerdo N 493/
13, faculta al Titular del Ministerio de Salud, a realizar la reestructuración necesaria en el cupo fijado en el Artículo 2 del mencionado Instrumento Legal, de acuerdo a las necesidades de servicio de los distintos organismos y establecimientos sanitarios, no excediendo el total de horas fijado para cada tipo de Guardia.
Que a fs. 209/210, la Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública mediante informe sobre redistribución del cupo de guardias asignadas por Decreto Acuerdo N 493/13, pone de manifiesto la necesidad de dotar al sistema de Guardias de mayor eficacia, celeridad y transparencia en la redistribución de las mismas, justificando la necesidad en el incremento de la demografía poblacional; de los accidentes de tránsito;
accidentes en la vía pública; accidentes domiciliarios; enfermedades de emergencia;
incorporación de nuevas especialidades; creación de nuevos servicios; incremento de la cantidad de
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servicios prestados tanto en el interior como en el Valle Central de nuestra provincia, feriados no contemplados en calendario regular, pedido de licencias adeudadas y la alta tasa de ausentismo del personal de salud por carpeta médica.
Que a fs. 212/214, toma intervención Asesoría Legal de Gabinete del Ministerio de Salud, mediante Dictamen N 47/13, por el cual considera pertinente la rectificación parcial del Decreto Acuerdo N 493/13 en lo que respecta al cupo mensual de Guardias Profesionales y Técnicas, tanto activas como pasivas, en su equivalente en horas Guardias para la cobertura prestacional en los distintos Organismos y Establecimientos Sanitarios dependientes del Ministerio de Salud, debiendo dicho anexo ser modificado por las razones expresadas por el Subsecretario de Asistencia en Salud Pública. En igual orden de ideas se sugiere la modificación del Artículo 5 el cual faculta al Titular del Ministerio de Salud, a realizar la reestructuración necesaria en el cupo fijado en el Artículo 2 del mencionado Instrumento Legal, de acuerdo a las necesidades de servicio de los distintos organismos y establecimientos sanitarios, no excediendo el valor económico equivalente al total de horas en el cupo de guardias aprobado.
Que a fs. 217, toma intervención que le compete ASESORIA GENERAL DE GOBIERNO, mediante Dictamen N A.G.G. 0779 /13, por el cual ratifica el Dictamen 47/13 de Asesoría Legal de Gabinete del Ministerio de Salud. Que en cumplimiento del Artículo 64 de la Constitución de la Provincia, el Estado Provincial debe brindar asistencia sanitaria a toda la población, por lo que la rectificación que se propicia no merece observación legal.
Que a fs. 219, obra nota S. de P. N 1297/13 de la Subsecretaría de Presupuesto, por la cual informa sobre la viabilidad presupuestaria y ratifica en todos sus términos nota S. de P. N 759 de fecha 15 de Abril de 2.013.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 149 de la Constitución de la Provincia.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 28/6/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaysArgentine

Date28/06/2013

Page count25

Edition count1388

Première édition01/12/2006

Dernière édition23/04/2021

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