Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 9/8/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 2552 09/08/2011

BOLETIN OFICIAL Y J UDICIAL

Dcto. HF. Nº 728 06062011 Hacienda y Finanzas Apruébanse en todas sus partes los Contratos de Locación de Servicios suscriptos ad re fe ré ndum del Pode r Ejec utivo, e ntre es te Ministerio y el personal que se detalla: Olga Guillermina Arjona, DNI. Nº 17.217.086, Categ.
12, Agrup. Admin., Adm. Gral. de Catastro Silvio Andrés Marti, DNI. N 35.201.507, Categ. 12, Agrup. Admin. Cristian Aníbal Martínez, DNI. N
32.628.026 Jorge Alberto B arbero, DNI. N
13.494.761 y María Lina Herrera Zar, DNI. N
29.104.440, todos Categ. 10, Agrup. Serv. Grales., Mtrio. de Hacienda y Finanzas Adrián Darío Pereyra, DNI. N 17.328.590, Categ. 12, Agrup.
Admin., Subsec. de Presupuesto, a efectos de que cumplan funciones en Organismos dependientes del citado Ministerio, los mismos tendrán vigencia a partir de la fecha del presente instrumento y caducará el 31DIC11. El gasto se afectará a las partidas de Personal Temporario del presupuesto vigente del Organismo de destino. Autorízase a la Subs e c . de Pre s upue s to a re a liz a r la s re es tructura cione s de ca rgos que re s ulte n necesarios, para dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente. Contratos para consulta en Dpto.
Archivo de esta Dirección.

Decr eto GJ . N 729
APRUEBANSE CONTRATOS DE
LOCACION DE SERVICIOS DE
PERSONAL PARA DESEMPEÑAR
FUNCIONES EN EL AMBITO
DEL MINISTERIO DE
GOBIERNO Y J USTICIA
San Fernando del Valle de Catamarca, 06 de Junio de 2011.
VISTO:
El Expediente D 136982011, por el cual se ge stiona la Contrata c ión de Pe rs ona l pa ra desempeñar funciones en Organismos dependientes del Ministerio de Gobierno y Justicia y
Núm. 63

CONSIDERANDO:
Que el Artículo 6 de la Ley N 5321 de Presupuesto para el corriente Ejercicio Financiero, prevé dentro de sus excepciones, la posibilidad de cobertura de servicios esenciales debidamente justificados en las áreas de Salud, Desarrollo Social, Educación, Justicia, Seguridad, Servicios Públicos y Funciones Técnicas y Profesionales, en las demás áreas del Estado, los que serán cubiertos en función a reales necesidades de servicios.
Que se agregan informes de la Subsecretaría de Presupuesto y Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública.
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno, en Dictamen A.G.G. N 388/2011.
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme lo dispuesto por el artículo 149 de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE CATAMARCA
DECRETA:
ARTICULO 1. Apruébanse, en todas sus partes, los Contratos de Locación de Servicios, suscriptos Ad referéndum del Poder Ejecutivo, entre el Sr. Ministro de Gobierno y Justicia y el Personal que se detalla e n el A ne xo que forma parte integrante del presente instrumento legal, para que cumplan funciones en los Organismos dependientes del citado Ministerio los mismos tendrán vigencia a partir de la fecha del presente instrumento legal y caducarán el 31 de diciembre de 2011.
ARTICULO 2. El gasto emergente de las presentes contrataciones se afectará a las Partidas de Personal Temporario del Presupuesto vigente del Organismo de destino.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 9/8/2011

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaysArgentine

Date09/08/2011

Page count32

Edition count1388

Première édition01/12/2006

Dernière édition23/04/2021

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