Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 20/2/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 472 20/02/2009

BOLETIN OFICIAL Y J UDICIAL

relativas a la profesión que se susciten entre los matriculados o entre éstos con tercero.
q Fomentar toda actividad que promueva la solidaridad y la asistencia recíproca entre los profesionales de enfermería y propiciar la creación de instituciones relacionadas con la seguridad social de los matriculados, cooperación, ayuda mutua y recreación.
r Dictar sus Estatutos con aprobación del Poder Ejecutivo y fijar su presupuesto anual.
s Dictar su Reglamento Interno y las normas de ética profesional.
t Realizar toda otra actividad que no sea contraria a los fines del Colegio.
ARTICULO 4. El patrimonio del Colegio estará formado por:
a Las cuotas periódicas o extraordinarias a cargo de sus matriculados y por los derechos de inscripción en la matrícula.
b Los montos de las multas que aplique el Colegio.
c Las donaciones, legados y subsidios que le hicieren.
d Sus bienes y las rentas que produzcan.
e Otros recursos que !e otorguen las leyes o reglamentos dictados en su consecuencia.

CAPITULO II
REQUISITOS PARA EL EJ ERCICIO DE
LA PROFESION
ARTICULO 5. Para el desempeño de las actividades comprendidas en esta Ley en el ámbito del territorio provincial ya sea a través del ejercicio libre de la profesión o bajo relación de dependencia, tanto en el sector público o privado, y dentro del marco específico de sus propias incumbencias, se requiere:
a Poseer título de Enfermero/a o Licenciado e n Enfe rme ría e xpe dido por U nive rs idade s Nacionales, Provinciales, Privadas y/o centros de formación de nivel Terciario reconocidos por autoridad competente o títulos expedidos por Universidades de Países Extranjeros revalidados de conformidad con la legislación vigente en la materia o por los respectivos convenios de reciprocidad.
b Estar inscripto en la matrícula del Colegio Profesional de Enfermería de Catamarca.

Núm. 15

ARTICULO 6. El ejercicio profesional de la enfermería comprende las funciones de promoción, recuperación y rehabilitación de la salud, así como la prevención de enfermedades, realizadas en forma autónoma dentro de los límites de competencia que deriva de las incum bencia s de los títulos de Enfermero/a o Licenciado/a en Enfermería, Asimismo será considerado ejercicio de la Enfe rm e ría la doce nc ia, inve s tiga c ión y asesoramiento sobre temas de su incumbencia y la administración de servicios cuando sean realizados por las personas autorizadas a ejercer la enfermería.
ARTICULO 7. El ejercicio libre y autónomo de la e nfe rm ería sólo podrá re a liza rs e por matriculados, pudiendo desarrollarse en gabinetes privados, en el domicilio de los usuarios del servicio, en locales, instituciones o establecimientos públicos o privados, y en todos aquellos ámbitos donde s e a utoric e e l de se m pe ño de s us competencias, exigiéndose en todos los casos ha bilita ciones de los lugare s y la pe rtinente a utoriz ac ión pa ra e je rce r de a c uerdo a la reglamentación que dicte el Colegio.
ARTICULO 8. Los enfermeros profesionales de tránsito por el país contratados por Instituciones públic a s o priva da s c on fina lida de s de investigación, asesoramiento o docencia durante la vigencia de sus contratos, sólo estarán habilitados para el ejercicio de la profesión sólo a esos fines sin nec es ida d de ma tricula rse , pero deberán notificar su situación al Colegio, por el interesado o quien lo haya contratado.
ARTICULO 9. Para emplear el Título de Es pe c ia lis ta o e nunc ia rs e c om o tale s , los e nfe rm e ros profe s iona le s de berá n ac re dita r capacitación especializada de conformidad con lo que se determine por vía reglamentaria del Colegio.
ARTICULO 10. El Colegio elaborará una nómina de especialidades, la que se actualizará periódicamente determinando los criterios para el re conoc im ie nto de la a c re dita ción com o Especialista.
A RTIC U LO 11. N o podrá n e je rc e r la Enfermería:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 20/2/2009

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaysArgentine

Date20/02/2009

Page count23

Edition count1388

Première édition01/12/2006

Dernière édition23/04/2021

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