Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 30/3/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
N.º 0062
Lunes, 30 de marzo de 2020
E UTILIZACIÓN DEL ÁREA DE RECREO MUNICIPAL:
CONCEPTO
IMPORTE
Uso de las instalaciones para eventos de carácter lucrativo celebración de monterías, etc.
150,00 €/día Uso de las instalaciones para eventos de carácter privado cumpleaños, despedidas de soltero, etc..
150,00 €/día Uso del edificio para actividades de Asociaciones y similares, si no tienen ánimo de lucro Gratuito
Fianzas.- Por parte de los usuarios de las instalaciones se depositará una fianza por la utilización, de acuerdo con el siguiente detalle:
Eventos de negocio. Se depositará una fianza de 100,00 €.
Eventos privados. Se depositará una fianza de 50,00 €.
La fianza responderá por el deterioro, daños o desperfectos que eventualmente se puedan ocasionar a las instalaciones
1. La obligación de pago de la tasa regulada en esta Ordenanza nace desde el momento en que se autorice la utilización concreta del edificio. La tasa se cobrará por adelantado, con carácter previo a la utilización de los edificios o instalaciones.
Están exentos/as del pago los eventos organizados por el propio Ayuntamiento, aunque la organización se haya delegado en Asociaciones o empresas, así como los actos oficiales protocolarios, y/o de actos de campaña electoral.
Pág. 4218
CVE: BOP-2020-1129
2. El pago de la tasa se efectuará con arreglo a la autorización que eventualmente se conceda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.
Verificable en: http bop.dip-caceres.es
ARTÍCULO 6.- OBLIGACIÓN DE PAGO.