Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 30/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres

N.º 0062

Lunes, 30 de marzo de 2020

- Por los Servicios Municipales, una vez expirado el plazo otorgado al efecto, se comprobarán los datos e, informado el asunto por la Alcaldía, se elevará propuesta al Pleno que aprobará el expediente y las cuantías individualizadas correspondientes, dicho Acuerdo será notificado a los/las solicitantes.
- Adoptado el Acuerdo por el Pleno, se abonará a los/las beneficiarios/as el importe resultante, dentro del plazo de un mes desde la notificación de su concesión.
ARTÍCULO 10. Compatibilidades Las ayudas serán compatibles con las ayudas que puedan obtenerse de los Organismos oficiales del Estado, de la Comunidad Autónoma, de la Provincia o de la Comarca.
ARTÍCULO 11. Régimen Jurídico La Normativa que regula la concesión de ayudas a la natalidad es la propia Ordenanza. Para lo no previsto en la misma, se tendrá presente la Normativa administrativa reguladora de régimen local, en su defecto, de carácter general.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
El otorgamiento de ayudas a la natalidad se concederá, con carácter retroactivo, para aquellos nacimientos o adopciones que se hayan producido a partir del inicio del presente año 2020 y siempre con sujeción a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto correspondiente al ejercicio. En este caso el cómputo del plazo establecido en el artículo 5
comenzará a contarse desde el día siguiente al de entrada en vigor de la presente disposición.

DILIGENCIA DE APROBACIÓN POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO. Que se extiende por parte de la Secretaria-interventora del Ayuntamiento de Villar de Plasencia que suscribe, para
Pág. 4241

Verificable en: http bop.dip-caceres.es
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada en fecha 24 de enero de 2020, entrará en vigor una vez publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por remisión de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la misma, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Trascripción literal de la Ordenanza municipal reguladora de ayudas para el fomento de la natalidad.

CVE: BOP-2020-1134

DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas cuantas disposiciones normativas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente ordenanza.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 30/3/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres

PaysEspagne

Date30/03/2020

Page count31

Edition count5457

Première édition02/01/2002

Dernière édition01/07/2024

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