Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 13/1/2022

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Source: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 1321 - Publicado el: 13/01/2022

- Se establece la prioridad en favor de actuales conductoras y conductores, de acuerdo al siguiente modo:
- se adjudicarán entre los/las conductoras/res inscriptos en el Registro de Credenciales Habilitantes que cuenten con una antigedad acreditable de 3 tres años o más en la actividad a la fecha de la presente convocatoria, - de no cubrirse la totalidad de los postulantes y aún quedaren licencias vacantes, éstas se adjudicarán a los choferes inscriptos que cuenten con una antigedad acreditable menor a 3 tres años, pero mayor a 1 uno a la fecha de la presente convocatoria, - En caso de que aun quedaren licencias vacantes, éstas se adjudicarán a los restantes inscriptos que no sean actuales conductoras y conductores del sistema.
En caso de idénticas condiciones objetivas de idoneidad, se deberá priorizar en el otorgamiento a las personas que sean Jefe/a de familia monoparental, o que no siéndolo, su cónyuge o conviviente tenga constancia negativa de ANSES.
Si las ofertas superaran el porcentaje asignado y las prioridades señaladas, en iguales condiciones de idoneidad, se procederá a un sorteo ante Escribano Público en el día, lugar y horario que indique la Secretaria de Movilidad, pre adjudicando a los oferentes sorteados hasta completar el cupo asignado.

b Para los Derechos de Explotación correspondientes a las PERSONAS HUMANAS CON DISCAPACIDAD, se confeccionarán dos 2 listados, conteniendo uno el registro de mujeres que se inscribieran en la presente categoría y otro con los varones inscriptos.
Se garantizará la adjudicación de un 50 % de licencias de esta categoría a las mujeres inscriptas.
Si las ofertas superaran el porcentaje asignado, en iguales condiciones de idoneidad, se procederá a un sorteo ante Escribano Público en el día, lugar y horario que indique la Secretaria de Movilidad, pre adjudicando a los oferentes sorteados hasta completar el cupo asignado.

e Podrán adjudicarse a las PERSONAS JURIDICAS, los derechos de explotación remanentes una vez finalizado totalmente el proceso de otorgamiento descripto en los ítems a y b de este artículo.
Si las ofertas superaran el cupo remanente, en iguales condiciones de idoneidad, se procederá a un sorteo ante Escribano Público en el día, lugar y horario que indique la Secretaria de Movilidad, pre adjudicando a los oferentes sorteados hasta completar el cupo asignado.

Artículo 12. PAGO DEL DERECHO Y ADJUDICACION.
Los postulantes adjudicados deberán realizar el pago del Derecho de Explotación

establecio
en la
Ordenanza General Impositiva, Artículo 102, Inciso b en el Banco Municipal de Rosario, dentrf de los diez 10 días posteriores a la notificación de la pre adjudicación, en el marco del cronograma que fije el Departamento Ejecutivo de acuerdo al plan de incorporación al Servicio.
En este caso resultará aplicable el valor vigente al momento de la pre-adjudicación.
Las modalidades de pago serán las siguientes:
a Pago de contado b Hasta 36 cuotas con interese de financiación.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 13/1/2022

TitreBoletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

PaysArgentine

Date13/01/2022

Page count26

Edition count1223

Première édition10/10/2012

Dernière édition26/07/2024

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