Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 29/11/2017

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Source: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 806 - Publicado el: 29/11/2017

"Rosario, Cuna de la Bandera",
DECRETO No 2500
28 de n o v i c r u cr d c 20 17.

-

VISTO:
Que, mediante la sanción de la Ordenanza No 9.524116, se produjo la adecuación a los principios de la Convención Internacional sobre las Personas con Discapacidad CDPD, de la Ordenanza 3.745 sancionada y promulgada en el año 1984;

Y

CONSIDERANDO:
Que, la citada Ordenanza, en su Capítulo 111, legisla sobre los aspectos operativos de la
norma, a saber, el "Órgano de aplicación" y crea el "Observatorio de la discapacidad" como una instancia innovadora a fin de tornar efectivo un aspecto esencial de la Ordenanza, la que es la lucha contra la discriminación de las personas con discapacidad;
Que, siguiendo los lineamientos centrales que había previsto la Ordenanza
NO

3.745,
mantiene el sistema de participación de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, vinculadas a la temática de la discapacidad inscriptas en el Registro de Instituciones, previendo tal participación con el objeto de asesorar a la Municipalidad de Rosario en el desarrollo de las políticas sobre discapacidad, como así también participar en la gestión del Fondo Especial;
Que, asimismo, introduce modificaciones tanto en la denominación de las instancias de cogestión como en el modo de organización y funcionamiento, previendo la participación de las organizaciones no gubernamentales de la Discapacidad, a través del "Consejo Municipal de la Discapacidad", la Asamblea de Organizaciones" y la "Comisión Fiscalizadora";
Que, en consecuencia, se hace necesario, a los fines de tornar operativa la normativa, reglamentar el Capítulo 111"Órganos de Aplicación y de Cogestión", estableciendo la autoridad de aplicación de la Ordenanza 9.524116, en el ámbito de la Secretaría General;
Por lo que siendo necesario proveer sobre el particular, en uso de sus atribuciones,
LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA
Artículo lo: Reglaméntase la Ordenanza
NO

9.524 en su Capítulo 111 en la forma y alcances
contenidos en las disposiciones que a continuación se detallan.

Artículo 2 O : Reglaméntase el artículo 30: El Departamento Ejecutivo efectuará el seguimiento de la implementación de la Ordenanza 9.524 por intermedio de la Dirección de Discapacidad dependiente de la Secretaría General.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 29/11/2017

TitreBoletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

PaysArgentine

Date29/11/2017

Page count8

Edition count1223

Première édition10/10/2012

Dernière édition26/07/2024

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