Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 03/07/2024
Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.
Source: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
BOCM
Pág. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 157
Miembros de familia numerosa: tendrán una reducción del 50 %, lo que se acreditará mediante título expedido por la administración competente a la fecha de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
Víctimas de violencia de género: tendrán una reducción del 50 %, lo que se acreditará mediante sentencia condenatoria, orden de protección o resolución judicial, informe del Ministerio Fiscal o informe de los servicios especializados en atención a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente.
Las bonificaciones anteriores no tendrán carácter acumulativo, por lo cual, en supuestos de concurrencia de diversas causas que sean el origen del derecho a demandar los beneficios citados, la persona interesada deberá optar sólo por uno de ellos.
Devolución. Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, la actividad técnica y/o administrativa que constituye el hecho imponible de la tasa no se realice, procederá la devolución del importe correspondiente. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.
DISPOSICIÓN FINAL
BOCM-20240703-72
Previa instrucción del procedimiento establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se remitirá el acuerdo de aprobación definitiva de la presente ordenanza que, en su caso, adopte la Junta de la Mancomunidad, con su texto íntegro, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, entrando en vigor el día siguiente a dicha publicación oficial.
En Fuente el Saz de Jarama, a 21 de junio de 2024.El presidente de la Mancomunidad, Jorge Amatos Rodríguez.
03/10.062/24
http www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791