Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 28/6/2024
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 6902 - 28/06/2024
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 589
Pliego de Especificaciones Técnicas.
Consulta N 5
Con relación al Renglón 33 "Paño para higiene para pacientes con incontinencia, absorbente, descartable, hipoalergénico, libre de fragancias" solicitamos tengan a bien aclarar que tipo de insumo es requerido. Informar si se trata de Toallas femeninas adhesivas descartables para incontinencia, en ese caso, qué volumen de incontinencia es requerido? Aclarar presentación admisible, o bien si se trata de apósitos descartables adhesivos para incontinencia y post parto, aclarar presentación admisible. En caso que lo requerido no se condiga con lo expresado anteriormente por favor esclarecer las especificaciones técnicas.
Respuesta:
Conforme artículo 1 del Pliego de Especificaciones Técnicas se solicita un producto de las siguientes características:
33.- SKU 33.10.003.0133.1 PAÑO PARA HIGIENE Para pacientes con incontinencia.
Absorbente, descartable, hipoalergénico. Libre de fragancias. Fabricado con tela no tejida impregnada con una solución a base de dimeticona, avena o soluciones semejantes para prevenir la dermatitis asociada a la incontinencia. Libre de alcohol.
Sometido a pruebas clínicas y dermatológicas. Sin enjuague. Presentación unitaria.
Cualquier producto o presentación de distintas características a las descriptas será considerado una oferta alternativa, en los términos establecidos en el artículo 15 del Pliego de Especificaciones Técnicas.
Consulta N 6
Con relación a los renglones Nº13 / 32 y 33 procedemos a consultar cuál es el consumo base en unidades dado que en el informe estipulado por pliego no se encuentran detallados estos productos. Solicitamos tengan a bien brindar antecedentes sobre los requerimientos con el fin de contemplar correctamente el stock a disponer para las instituciones.
Respuesta:
Al día de la fecha, la información con la que esta unidad cuenta es provisoria y consolida las compras hospitalarias del último tiempo. Por lo tanto, las cantidades se estimaron con una metodología que arroja cantidades pasibles de modificarse.
No obstante, se aprovecha la oportunidad para advertir al requiriente lo que indica la normativa que rige este proceso:
Artículo 41.- Con orden de compra abierta - La contratación con orden de compra abierta procede en el caso que la cantidad de bienes o servicios sólo se hubiera prefijado aproximadamente en el contrato, de manera tal, que el organismo contratante pueda realizar los requerimientos de acuerdo con sus necesidades durante el lapso de duración previsto y al precio unitario adjudicado hasta el límite del monto fijado en el presupuesto correspondiente.
La modalidad de esta contratación es Orden de Compra Abierta por lo tanto los consumos podrán variar respecto a los estimados, en más o en menos unidades.
María Belén Carjuzáa Directora General Inicia: 27-6-2024
Vence: 1-7-2024
BO-2024-6902-GCABA-DGCLE
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