Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/11/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6756 - 27/11/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 454

Que, del informe IF-2023-22339104-GCABA-DGCCT obrante en el Orden N 16, se adjuntó la póliza de Responsabilidad Civil N 01-05-07-30099968, emitida por la entidad San Cristóbal S.M.S.G, con vigencia desde el 27 de mayo de 2023 hasta el 27
de mayo de 2024, que contiene entre sus especificaciones, las cláusulas de coasegurado a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la renuncia expresa a realizar cualquier acción de repetición y/o subrogación contra dicho Gobierno, sus funcionarios y/o empleados y una suma asegurada que supera el mínimo de pesos cinco millones $5.000.000, dando fiel cumplimiento a lo establecido en el artículo 7, Anexo III de la Resolución Firma Conjunta N 1-SECACGC/22;
Que por las consideraciones aquí expuestas; corresponde otorgar el permiso de uso de área Gastronómica y artefactos de iluminación únicamente sobre la Av. Díaz Vélez 3984/3986, lindero al local comercial sito en Av. Díaz Vélez 3984; y que fuera autorizado por el mandatario legal del Consorcio debido a la necesidad de ocupar parte del frente del mismo para el emplazamiento;
Que el área gastronómica, solo puede instalarse en el sector de la acera autorizada por el consorcio y esta Comuna, habida cuenta que el frente del del local, su espacio se encuentra reducido, por existir sobre el lateral del lado izquierdo, el garage del edificio y del lado derecho, la entrada del mismo. A su vez cuenta con un árbol y su respectiva plantera, no pudiendo cumplir con las medidas reglamentadas para hacer posible el emplazamiento en ese espacio;
Que el solicitante deberá exhibir la presente resolución toda vez que sea requerida;
Que el autorizad deberá solicitar la renovación del presente permiso dentro de los treinta 30 días previos al vencimiento del mismo;
Que deberá retirar todas las estructuras y/o elementos emplazados en el espacio público que se encuentren en contravención a la normativa vigente;
Que para el emplazamiento del área gastronómica se deberá cumplimentar con la totalidad de la normativa que rija la materia, quedando condicionado el permiso al acatamiento estricto de la legislación respectiva por parte de la permisionaria;
Que, en todos los casos, los permisos de uso en el espacio público se otorgan con carácter precario, personal e intransferible;
Que la presente, se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 1.777 texto consolidado Ley N 6.588 y Decretos N 463/19 y Decreto N 26/21, Por ello, EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL 5
RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgase desde la notificación de la presente y por el término de cinco 5
años, a favor de Cristian Alejandro Santoro CUIT 20-32569308-9, el permiso de uso y ocupación del espacio público para el emplazamiento de un área gastronómica y artefactos de iluminación sobre la Av. Díaz Vélez 3984/3986, lindera al local comercial sito en Av. Díaz Vélez 3984 CABA y que fuera autorizado por el mandatario legal del Consorcio.
Artículo 2.- Hágase saber al permisionario que deberá respetar, dentro de los límites correspondientes al sector lindero de su local, los siguientes parámetros para el emplazamiento del área gastronómica:
a. Dejar un corredor libre de por lo menos dos metros 2 m de ancho sobre la acera de la Avda. Díaz Vélez, contado desde la línea oficial de edificación hasta el área gastronómica.
b. Dejar un espacio libre de treinta centímetros 30 cm de ancho inmediato al cordón de la acera.
BO-2023-6756-GCABA-DGCLCON

Página 454 de 732

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/11/2023

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date27/11/2023

Page count733

Edition count5641

Première édition06/08/1996

Dernière édition02/08/2024

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