Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/10/2023

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6735 - 26/10/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 278

Que continua el órgano expresando que Puntualmente, el Certificado Urbanístico fue otorgado el 2/10/2020 a través de la Disposición DI-2020-1723-GCABA-DGIUR, notificada al peticionante el 5/10/2020. Por efecto del apartado 2.1.2 del Código Urbanístico CUR y el apartado 2 del inciso e del artículo 22 de la ley ritual, los 180
días corridos de vigencia, implican que venció el día sábado 3/4/2021 De allí surge que la Disposición en cuestión, al 4/4/2021 se encontraba caduca, y los titulares de la misma perdieron los derechos que les confería, por efecto de cumplimiento del tiempo previsto en la norma, asimismo, continua afirmando que Ha de remarcarse que la presentación formalizada en el día 182 a las 14:49 horas, resulta extemporánea, inclusive, para el plazo de 2 primeras horas de gracia previsto en el artículo 45, si se considerara recurrir a dicha norma, toda vez que el mail fue enviado al Gobierno de esta Ciudad, pasado el mediodía del día lunes 5/4/2021, hábil administrativo, y en este sentido tiene dicho la doctrina que "no le es de aplicación el referido plazo de gracia por haber presentado la nota varias horas después de transcurridas las dos primeras horas de atención del día hábil inmediato siguiente" PTN Dictámenes 320:723
Asimismo, afirma que En tal sentido, la presentación efectuada por los interesados, 2 días corridos posteriores al vencimiento del Certificado Urbanístico otorgado el 2/10/2020 y notificado el 5/10/2020, no debería haber sido tenida como válida por parte de la Autoridad Administrativa, ni con entidad para prorrogar los efectos de un acto administrativo que -para entonceshabía perdido su vigencia, quedando demostrada la irregularidad de la Disposición DI-2020-2345-GCABA-DGIUR
desde el momento de su nacimiento;
Que aquí corresponde resaltar que, en el marco del expediente electrónico EX-202019040419- -GCABA-SSREGIC la Disposición DI-2020-1723-GCABA-DGIUR fue notificada al peticionante el 5/10/2020, comenzando a contar los 180 días corridos de vigencia el día 06/10/2020. Habiéndose solicitado la prorroga el día 05 de abril de 2021 a las 14:48, conforme se acreditare en IF-2023-14259692-GCABA-DGIUR
Orden Nº 33 implicaría que el certificado Urbanístico venció el día domingo 04/04/2021, resultando la presentación extemporánea por horas del día 181;
Que en este sentido, cabe aclarar además que al momento en que se realizó la petición de prórroga, esta repartición no contaba con una trata específica para dicho trámite, encontrándose como único medio habilitado para este tipo de peticiones, el canal de mesa de ayuda virtual ssgu.consultas@buenosaires.gob.ar sistema interno y exclusivo de la Subsecretaria de Gestión Urbana, que, presentada la solicitud, generaba un Ticket de solicitud para el seguimiento. Se aclara que dicha plataforma actualmente se encuentra desactivada y de imposible acceso, sin que exista a la fecha Back up que almacene la información que allí se encontraba. Fue posteriormente que la administración central habilitó el canal de "Gestión Colaborativa", el que actualmente se encuentra habilitado para las consultas de esta índole, y es común a todas las áreas de Gobierno;
Que en este orden, se hace saber que a partir de febrero de 2022, fue habilitado a la plataforma de Tramites a Distancia TAD, el tramite especifico de Solicitud de Prorroga de Certificado Urbanístico, que facilita una fecha cierta a la presentación de solicitudes. Dicho esto, al momento de la solicitud presentada por el ciudadano en el tramite en crisis, no se encontraba habilitado ningún medio formal;
Que asimismo, se aclara que no se encontraba reglamentado el procedimiento para petición de prórroga de Certificados Urbanísticos, situación que fue reglamentada a partir del 01 de marzo de 2023 por la Resolución Nº 2023-21-GCABA-SECDU, que aprobó el procedimiento para el trámite de prórrogas de Certificados Urbanísticos, de acuerdo a lo dispuesto por el Art 2.1.2 del Código Urbanístico conforme lo establecido en su Anexo IF-2023-07539693-GCABA-SSGU, B.O. 6571 - 01/03/2023;

BO-2023-6735-GCABA-DGCLCON

Página 278 de 694

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/10/2023

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date26/10/2023

Page count695

Edition count5620

Première édition06/08/1996

Dernière édition03/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Octubre 2023>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031