Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/9/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6702 - 07/09/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 64

Que el artículo 1 del Decreto N 1550/08, modificado por Decreto N 199/22, delega en el Vicejefe/a de Gobierno, los/as señores/as Ministros/as, los/las Secretarios/as con dependencia directa del/de la Jefe/a de Gobierno, las máximas autoridades de los entes descentralizados y autárquicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los organismos dependientes del Poder Ejecutivo creados por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de autorizar, limitar y cesar de forma excepcional, la ausencia sin goce de haberes, de los/as agentes de planta permanente comprendidos en las Leyes Nros. 471, 6.035 y al personal de la planta transitoria creada en el marco del Acta de Negociación Colectiva de la Comisión Paritaria Central N 6/14, instrumentada mediante la Resolución N 1287-MHGC/14;
Que en el artículo 2 de la referida norma, establece que el plazo de la ausencia se podrá conceder por única vez por trabajador/a, y su duración no podrá exceder de un 1 año prorrogable, por única vez, por un período no superior a doce 12 meses, y debiendo contar el/la solicitante para acceder a la misma, con una antigedad no menor a doce 12 meses dentro de la planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establecido en las Leyes Nros. 471 y 6.035, o como personal de la planta transitoria creada en el marco del Acta de Negociación Colectiva de la Comisión Paritaria Central N 6/14, instrumentada mediante la Resolución N
1287- MHGC/14;
Que por lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Decreto N 1550/08 y modificatorios, corresponde su autorización.
Por ello, conforme lo prescripto por el Decreto N 1550/08 y modificatorios, EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizase de forma excepcional, a partir del el 04 de octubre de 2023 y hasta el 03 de octubre de 2024, la ausencia sin goce de haberes, a la agente Sra.
Natalia Lorena MEDINA, CUIL N 27-30249507-1, Técnico en Instrumentación Quirúrgica, dependiente del Hospital General de Agudos Parmenio Piñero, del Ministerio de Salud, de conformidad con lo establecido por el Decreto N 1550/08 y modificatorios, reteniendo sin percepción de haberes partida 40220800.CETMED06.CET0225, del citado hospital.
Artículo 2.- Se deja constancia que la agente referida en el artículo precedente deberá reincorporarse a sus funciones al vencimiento de la ausencia concedida en forma automática, bajo apercibimiento de disponer las medidas disciplinarias que correspondan.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos y al Hospital General de Agudos Parmenio Piñero, ambos de este Ministerio, el que deberá notificar a la interesada de la presente Resolución. Cumplido, archívese. González Bernaldo de Quirós
RESOLUCIÓN N.º 4214/MSGC/23
Buenos Aires, 4 de septiembre de 2023
VISTO: La Ley 6.035, la Resolución Nº 58-MHGC-2011, el Acta Paritaria Nº 55/11, el Expediente Electrónico Nº 21035193- -GCABA-HGACA/20203, y
BO-2023-6702-GCABA-DGCLCON

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/9/2023

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date07/09/2023

Page count612

Edition count5623

Première édition06/08/1996

Dernière édition08/07/2024

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