Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/9/2023
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 6697 - 01/09/2023
Inicia: 29-8-2023
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
María L. Giovagnoli Secretaria
Página 734
Vence: 4-9-2023
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE CONSUMO 2 - OFICINA DE GESTIÓN JUDICIAL C MESA DE
ENTRADAS
Notificación - Oficio Judicial E.E. 32.045.755/GCABA/MGEYA/2023
Carátula: ADDUC Y OTROS CONTRA COOPERATIVA CREDIVICO DE CREDITO
VIVIENDA Y CONSUMO LIMITADA SOBRE CONTRATOS Y DAÑOS - RC BANCOS, PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS
Causa N: 26894/2022-0
Ciudad de Buenos Aires, de abril de 2022 RESUELVO: 6 Precisar la clase que se encuentra comprendida por el grupo de consumidores afectados son los clientes o ex clientes de CREDIVICO COOP LTDA es decir las personas físicas mayores de 18
años que a hayan contratado uno o más créditos personales de consumo con el demandado b se les haya efectuado un descuento en el monto del capital contratado al momento de otorgarse el préstamo y/o c Se les haya cobrado una tasa de intereses que exceda la Tasa Pasiva fijada por el BCRA sin que en el contrato de adhesión se consignara la T.E.A. anual en los términos del art. 36 inc d de la Ley de Defensa del Consumidor, y/o d se les haya cobrado intereses compensatorios fijados a una tasa que exceda el tope dispuesto por el art. 115 de la Ley 20.337 dentro del período del reclamo El ámbito geográfico de los consumidores afectados abarca todo el territorio de la República Argentina.. 7 Hacer saber la existencia del juicio a la clase precisada en el punto anterior, por el plazo común de quince 15 días hábiles judiciales, con el objeto de garantizar la adecuada notificación de todas aquellas personas que pudieran tener un interés legítimo en el pleito, de manera de asegurarles tanto la alternativa de optar por quedar fuera del litigio como también la de comparecer como parte o contraparte. La causa se hallará disponible a través del sistema digital https eje.juscaba.gob.ar/iolui/p/inicio para que aquellos que lo deseen la consulten a efectos de tomar conocimiento de la pretensión. 8 La comunicación dispuesta precedentemente se instrumentará mediante: a la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, b la difusión de este pronunciamiento en la página web del GCBA, Televisión Pública noticiero en horario central, AM 870 Radio Nacional noticiero en horario central, canal de la Ciudad noticiero en horario central, AM 1110 Radio Ciudad noticiero en horario central. A tal fin, deberá librarse oficio al GCBA y al ENACOM a fin de que por su intermedio se arbitre lo necesario para cumplir con lo dispuesto -conf. Doc CN.Com. SALA F Unión de Usuarios y Consumidores C/ BMWSA S/ Ord, entre muchos otros-. c la difusión por intermedio del Sistema de Difusión Judicial del Departamento de Información Judicial del CMCABA. Las publicaciones y exhibiciones indicadas en los apartados precedentes serán llevadas a cabo por el lapso de tres 3 días hábiles. Una vez confrontado el proyecto de comunicación se librarán los oficios de estilo cuya confección y diligenciamiento se encuentra a cargo de la parte actora. Hágase saber a las oficiadas el carácter gratuito de la acción colectiva de consumo. Fdo Francisco Javier Ferrer JUEZ SECRETARÍA DE CONSUMO 2 - OFICINA DE GESTIÓN JUDICIAL C
BO-2023-6697-GCABA-DGCLCON
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