Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 28/8/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6693 - 28/08/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 223

RESOLUCIÓN COMUNAL N.º 30.159.756/COMUNA14/23
Buenos Aires, 10 de agosto de 2023
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N 1.777, el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Resoluciones N 816-MAYEPGC/19, N 205-GCABA-SECACGC/20, N 1-GCABASECACGC/22, la Disposición N 3500-DGOEP/16 y el Expediente Electrónico N EX2023-20682191-GCABA-DGCCT, y CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 104 inciso 21 establece dentro de las atribuciones del Poder Ejecutivo la de otorgar permisos para el ejercicio de actividades comerciales y todas aquellas que estén sujetas al poder de policía de la Ciudad, conforme a las leyes;
Que en su artículo 127 define a las Comunas como unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial;
Que, asimismo, el artículo 128 establece que las Comunas ejercen funciones de planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de la Ciudad, respecto a las materias de su competencia;
Que la Ley N 1.777 es la norma orgánica de las comunas y define su naturaleza jurídica como unidades de gestión política y administrativa descentralizada;
Que el artículo 11 de la Ley N 1.777 establece como competencia concurrente de las Comunas y del Poder Ejecutivo c. La fiscalización y el ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los espacios públicos, suelo
Que, dentro de las atribuciones de la Junta Comunal como órgano de gobierno, se contempla la de emitir resoluciones y declaraciones en el marco de sus competencias;
Que mediante la Resolución N 205-GCABA-SECACGC/20 se aprobó el Procedimiento para la tramitación de permisos de uso del espacio público para el emplazamiento de áreas gastronómicas, el cual establece que los permisos para el emplazamiento de áreas gastronómicas serán otorgados por un plazo de 5 años;
Que, en todos los casos, los permisos de uso en el espacio público se otorgan con carácter precario, personal e intransferible;
Que, asimismo, éstos constituyen una tolerancia que la Administración Pública concede en ejercicio de sus poderes de policía del dominio público, llevando implícita la condición de ser en todo momento compatible con el interés público y, por consiguiente, pasible de ser otorgado o revocado en razón de oportunidad, mérito o conveniencia, sin que ello genere derecho a indemnización alguna, conf. lo dispuesto por el Capítulo 11.1 del Código de Habilitaciones y Verificaciones Texto Consolidado por Ley Nº 6.017;
Que, por el expediente citado en el visto, la Sra. Virginia Noboa, DNI Nº 23.601.309, en representación de la firma CRAFAC S.R.L., CUIT Nº 30-71727707-0; solicita la autorización para la delimitación de un área gastronómica sobre la acera con macetas, artefactos de iluminación, bicicleteros, cubiertas exteriores y artefactos de calefacción, y un área gastronómica sobre la calzada de la calle Darregueyra, para el local comercial ubicado en calle Santa Fe 4400 -Darregueyra 2489;

BO-2023-6693-GCABA-DGCLCON

Página 223 de 503

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 28/8/2023

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date28/08/2023

Page count504

Edition count5639

Première édition06/08/1996

Dernière édition31/07/2024

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