Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/8/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6685 - 16/08/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 402

Que, por el expediente citado en el visto, la Sra. Claudia Raquel Campos, DNI N
29157448, con CUIL Nº 27-29157448-9, está llevando a cabo una solicitud de permiso de uso y ocupación del espacio público para el emplazamiento de un área gastronómica sobre la acera y calzada de la calle Fraga, frente al local comercial sito en Fraga Nº 586. Al mismo tiempo, dentro de las presentes actuaciones, se peticiona el uso del espacio público para la colocación de macetas, bicicleteros, cerramientos laterales, cubiertas exteriores, artefactos de iluminación y calefactores exteriores.
Que, tal como surge del expediente, el local mencionado se encuentra habilitado como Servicios de expendio de comidas y bebidas en establecimiento" de acuerdo a lo previsto y exigido en el artículo 9.8.1 del Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, conforme lo establece el citado Código, sólo se podrá autorizar un área gastronómica en aceras cuyo ancho sea igual o mayor a 2 metros, 50 centímetros desde la arista externa del cordón hasta la línea oficial de edificación;
Que, según consta en los actuados, el frente del local sobre de Fraga Nº 586, posee una extensión de 10.63 metros y un ancho de 3.20 metros.
Que, deberá dejarse un corredor libre de por lo menos 1.50 metros de ancho sobre la acera de calle Fraga Nº 586, contados desde la línea oficial de edificación y hasta el área gastronómica, y de 30 centímetros desde ésta al cordón de vereda;
Que la mencionada Resolución Conjunta RESFC-2022-1-GCABA-SECACGC, aprobó el procedimiento para autorizar el emplazamiento de 1. Bicicletero 2. Macetas 3.cerramientos laterales 4.cubiertas exteriores, artefactos de iluminación 5.calefactores exteriores en las áreas gastronómicas habilitadas, mediante los Anexos I a V IF-202241757569-GCABA-DGCCT, IF-2022-41758004- GCABA-DGCCT, IF-2022-41758347GCABA-DGCCT, IF-2022-41758607-GCABA-DGCCT e IF-2022- 41758789-GCABADGCCT que integran la mencionada resolución se establecieron las especificaciones técnicas a cumplir para el emplazamiento de los elementos mencionados en los párrafos que anteceden;
Que, el área gastronómica deberá extenderse dentro de los límites de la acera correspondiente al local habilitado, salvo que cuente con autorización expresa de los propietarios de los inmuebles Que, el área gastronómica deberá estar suficientemente iluminada y se deberá mantener en perfecto estado de aseo e higiene, debiendo colocarse recipientes para la disposición diferenciada de residuos;
Que, las mesas, sillas y parasoles a colocarse dentro del área gastronómica deberán armonizar entre sí y estar dispuestas de modo tal que se garantice el paso entre ellas;
Que, se encuentra expresamente prohibida la colocación de mesas y sillas en el área de seguridad de las esquinas, comprendida entre las líneas imaginarias perpendiculares al cordón que pasan por los vértices de la ochava;
Que, queda expresamente prohibida la utilización, entrega y expendio de sorbetes plásticos de un solo uso, en relación a los establecimientos contemplados en la Resolución Nº 816-MAYEPGC/19;
Que, estará a cargo del solicitante la integridad física del público asistente y peatones, como así también los daños que pudiesen afectar a terceros, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente;
Que, el solicitante deberá exhibir la presente resolución toda vez que sea requerida;
Que, el autorizado deberá solicitar la renovación del presente permiso dentro de los treinta 30 días previos al vencimiento del mismo;
Que, deberá retirar o regularizar de acuerdo a la normativa vigente todas las estructuras y/o elementos emplazados en el espacio público;
Que, para el emplazamiento del área gastronómica se deberá cumplimentar con la totalidad de la normativa que rija la materia, quedando condicionado el permiso al acatamiento estricto de la normativa respectiva por parte del permisionario;
BO-2023-6685-GCABA-DGCLCON

Página 402 de 616

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/8/2023

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date16/08/2023

Page count617

Edition count5619

Première édition06/08/1996

Dernière édition02/07/2024

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