Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 14/12/2022
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 6519 - 14/12/2022
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 439
LA DIRECTORA GENERAL DE DEFENSA
Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DISPONE
Artículo 1- Sancionar a GABRIEL SANTOS CALO, CUIT 20-12463606-0, RPA N
12705, con multa de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA
Y DOS $ 136.272.- por haber incurrido en infracción a los artículos 9 incisos a, b, f y l apartados a., e. y g., 10 inciso e y 12 de la Ley 941, y sobreseerlo de la imputación por presunta infracción al artículo 9 inciso d del mismo texto normativo.
Artículo 2- La multa deberá abonarse mediante depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta N 210.196/1, Registro Público de Administradores de Consorcios Ley 941, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la presente, debiendo acreditarse dicho pago en esta causa con el comprobante de depósito original, dentro del plazo precedentemente establecido.
Artículo 3º - Para su notificación y demás efectos, pasen los actuados a la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales. Oportunamente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Bouza
DISPOSICIÓN N.º 7214/DGDYPC/22
Buenos Aires, 9 de noviembre de 2022
VISTO: El Expediente Electrónico N EX-2022-32178655-GCABA-DGDYPC, y CONSIDERANDO:
Que se inicia de oficio el presente expediente, de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 941, ante la infracción constatada por la Dirección General de Limpieza del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, en el consorcio sito en Puan 175, de esta Ciudad de Buenos Aires;
Que por providencia PV-2022-32378115-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación a Gabriela Mónica Guzzetti, RPA N 13495, por presunta infracción al artículo 9 inciso b de la Ley 941;
Que debidamente notificada en fecha 09/09/2022 mediante correo electrónico dirigido a la casilla constituida ante el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal, la sumariada presenta descargo y acompaña prueba;
Que no quedando diligencias pendientes, pasaron los autos a resolver;
Que en este estado de las actuaciones, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó a la administradora la presunta infracción al artículo 9 inciso b de la Ley 941, cuyo texto reza: Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: b. Atender a la conservación de las partes comunes y realizar las diligencias pertinentes para el cumplimiento de la normativa vigente resguardando el mantenimiento edilicio e infraestructura, instalaciones, sistema de protección contra incendio, higiene y seguridad y control de plagas. Asimismo, proveer el cuidado del agua potable conforme al ordenamiento vigente. Conforme texto Art. 4º de la Ley Nº 5.983, BOCBA
N 5415 del 17/07/2018";
BO-2022-6519-GCABA-DGCLCON
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