Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/11/2022

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6502 - 16/11/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 452

Que por tal motivo, y no pudiendo constatarse la presentación de dicho instrumento en las asambleas citadas, se colige que los requeridos han infringido lo establecido en el referido artículo;
Que continuando con el análisis de los hechos, se les atribuyó la presunta infracción al artículo 9 incisos a, f y r de la Ley 941, cuyo texto reza: Artículo 9.- Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: a Ejecutar las decisiones adoptadas por la Asamblea de Propietarios conforme lo previsto por las normas vigentes; f Conservar la documentación del consorcio y garantizar el libre acceso de los consorcistas a la misma; r Al momento de su designación, el administrador debe informar al consorcio en forma cierta y veraz, haciendo constar en acta detalladamente, todos aquellos servicios y trámites que realice por cuenta propia y formen parte de sus honorarios, así como también aquellos cuya realización sea encargada a otros prestadores y/o gestorías y que excedan la remuneración pactada por su actividad
Que la imputación por presunta infracción al inciso a, se basó en la asamblea realizada el día 16 de diciembre de 2021, en la que los copropietarios habrían decidido en el punto 3 que: Los presentes aprueban que se pidan presupuestos para colocar cámaras en los pisos tarea que no se habría realizado conforme los dichos de la denunciante;
Que en su defensa, los requeridos alegaron que: es menester hacer saber que es el Consejo de Propietarios el encargado de presentar los presupuestos, con lo cual si dicha manda no se cumplió, no resulta responsabilidad de esta administración
Que no obstante lo mencionado, no se adjuntó elemento alguno que permita demostrar que tipo de medidas tomaron los sumariados -en sus caracteres de mandatariostendientes a reunir los presupuestos para la colocación de cámaras en los pisos que integran el inmueble o, en su defecto, brindar el espacio o los medios necesarios para que los consorcistas efectúen la presentación de dichos presupuestos y de esta forma dar cumplimiento a lo decidido por los copropietarios en la asamblea mencionada;
Que frente a la decisión adoptada, y antes de incumplir lo resuelto en dicho ámbito, bien podrían -a título ejemplificativo-, haber convocado a una nueva Asamblea con el fin de que se presentaran los presupuestos mencionados, sea por parte de los miembros integrantes del Consejo, como del resto de la masa consorcial o incluso de los propios administradores y, en su caso, acompañar copia del acta de asamblea de la que se vislumbre la puesta a consideración de los propietarios respecto de los presupuestos pertinentes;
Que en cuanto a la imputación por presunta infracción al inciso f, la misma se sustentó en que no se garantizaría el libre acceso de los consorcistas a la documentación del consorcio, en lo que respecta a documentación respaldatoria del gasto consignado en las liquidaciones de expensas del mes de septiembre de 2021, correspondiente a Arquipower - Gestión Trámite Aviso de Obra, contrato vigente con la empresa Prosegur y las facturas de pagos, Libros del consorcio, liquidaciones de expensas, copias de recibos de pagos de expensas, resúmenes bancarios, pólizas de seguros y recibos de pagos pertinentes, comprobantes de gastos del consorcio, entre otros. Ello así, conforme se evidenciaría de las copias de correos electrónicos de fechas 15/10/2021, 11/01/2022 y 18/04/2022, enviados por la denunciante a los administradores;

BO-2022-6502-GCABA-DGCLCON

Página 452 de 757

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/11/2022

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date16/11/2022

Page count758

Edition count5638

Première édition06/08/1996

Dernière édition30/07/2024

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