Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 31/1/2022

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6308 - 31/01/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 103

Que mediante la Ley N 6.146 se modifica el artículo 37 de la referida Ley y se encomienda al Poder Ejecutivo a través de la autoridad de aplicación de las políticas culturales, a efectuar un relevamiento de los Espacios Culturales Independientes y de los establecimientos que funcionen bajo los encuadramientos legales comprendidos por las Leyes Nros. 2.147, 2.323, 2.324, 2.542 y 5.240 teatros independientes, peñas y milongas, clubes de música en vivo y centros culturales, a fin de informar a la autoridad de aplicación en materia de fiscalización y control, la nómina de espacios culturales que, por su actividad cultural, deban ser promovidos mediante las políticas de protección establecidas;
Que, en este contexto, mediante Resolución N 3631-MCGC/19 se crea el Catálogo de Espacios Culturales Independientes CECI, conformado por la nómina de los Espacios Culturales Independientes ECI en los términos de lo establecido por la Ley Nº 6.063 y su modificatoria Ley N 6.146, y aprueba el Reglamento General que regula la inscripción a dicho catálogo y los formularios requeridos a los solicitantes a tal fin;
Que el artículo 8 del citado Reglamento establece que será responsabilidad del usuario solicitante, la verificación de las notificaciones del sistema T.A.D. efectuadas por la autoridad de aplicación en el marco de las actuaciones que se efectuaren y del cumplimiento oportuno de las tareas que sean requeridas, como así también que estas, presentan carácter de notificaciones oficiales conforme lo establecido por Resolución N 521-SECLYT/15 y normativa complementaria y modificatoria;
Que, a su vez, el artículo 10 determina que en caso de detectar omisiones y/o falencias en la documentación presentada, se notificará al solicitante mediante el mencionado sistema T.A.D y fijará un plazo de CINCO 5 días hábiles administrativos para realizar la subsanación correspondiente;
Que conforme lo expuesto, mediante IF-2022-04545110-GCABA-DGDCC la Gerencia Operativa Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo informa que corresponde el rechazo de las solicitudes identificadas en el Anexo I IF-2022-04537978-GCABA-DGDCC, en los términos de lo estipulado en los artículos 8 y 10 del Reglamento General aprobado por Resolución N 3631-MCGC/19 identificado bajo IF-2019-15908675GCABA-MCGC;
Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Recházase las solicitudes de inscripción en el Catálogo de Espacios Culturales Independientes consignadas en el Anexo I, identificado bajo IF-202204537978-GCABA-DGDCC, que forma parte integral de la presente, en los términos de los artículos 8º y 10 del Reglamento General aprobado mediante Resolución N
3631-MCGC/19 identificado bajo IF-2019-15908675-GCABA-MCGC.
Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento, notificación y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa de Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural. Comuníquese a la Agencia Gubernamental de Control, a la Dirección General de Defensa Civil dependiente de la Subsecretaría de Emergencia dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Agencia de Protección Ambiental de la Secretaría de Ambiente.
Cumplido, archívese. Avogadro
ANEXO 1

ANEXO
2 BO-2022-6308-GCABA-DGCLCON

Página 103 de 403

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 31/1/2022

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date31/01/2022

Page count404

Edition count5640

Première édition06/08/1996

Dernière édition01/08/2024

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