Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 11/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6076 - 11/03/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 299

Artículo 3º.- Hágase saber a la firma FAST FOOD SUDAMERICANA S.A, CUIT N 3065493641-9 que el presente permiso para área gastronómica solamente autoriza al emplazamiento de mesas y sillas, parasoles y pizarra menú, debiendo proceder, en su caso, al inmediato retiro de todo aquel elemento emplazado en contravención a la normativa vigente.
Artículo 4º.- Hágase saber al peticionante que el presente permiso podrá ser revocado con fundamento en razones de oportunidad, mérito o conveniencia y cuando sobrevengan causales que ameriten su revocación y sin derecho a indemnización alguna.
Artículo 5º.- Notifíquese al interesado. Comuníquese a la Dirección General Competencias Comunales y Talleres y a la Dirección General Fiscalización Urbana a los fines de que en el marco de su competencia disponga el control del correcto ejercicio del permiso otorgado. Cumplido, archívese. Perdomo
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 27.453.231/COMUNA5/20
Buenos Aires, 12 de noviembre de 2020
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N 1.777
texto consolidado por Ley Nº 6.017, el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires texto consolidado por Ley Nº 6.017, las Resoluciones N 816-MAYEPGC/19, N 205-GCABA-SECACGC/20, la Disposición N3500-DGOEP/16 y el Expediente Electrónico N2020-21449540-GCABA-DGCCT, y CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 104, inciso 21, establece dentro de las atribuciones del Poder Ejecutivo la de otorgar permisos para el ejercicio de actividades comerciales y todas aquellas que estén sujetas al poder de policía de la Ciudad, conforme a las leyes;
Que, en su artículo 127, define a las Comunas como unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial;
Que, asimismo, el artículo 128 establece que las Comunas ejercen funciones de planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de la Ciudad, respecto a las materias de su competencia;
Que la Ley N1.777 texto consolidado por Ley Nº 6.017 es la norma orgánica de las comunas y las define como unidades de gestión política y administrativa descentralizada;
Que el artículo 11 de la Ley N 1.777 texto consolidado por Ley Nº 6.017 establece como competencia concurrente de las Comunas y del Poder Ejecutivo c. La fiscalización y el ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los espacios públicos, suelo
Que mediante la Resolución N 205-GCABA-SECACGC/20 se aprobó el Procedimiento para la tramitación de permisos de uso del espacio público para el emplazamiento de áreas gastronómicas, el cual establece que los permisos para el emplazamiento de áreas gastronómicas serán otorgados por un plazo de 5 años;
Que, en todos los casos, los permisos de uso en el espacio público se otorgan con carácter precario, personal e intransferible;
BO-2021-6076-GCABA-DGCLCON

Página 299 de 445

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 11/3/2021

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date11/03/2021

Page count446

Edition count5640

Première édition06/08/1996

Dernière édition01/08/2024

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