Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/1/2020
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 5777 - 10/01/2020
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 95
Que conforme surge de las Fichas IF-2020-00444273-GCABA-CDNNYA e IF-202000446066-GCABA-CDNNYA, corresponde eximir de firmar la Planilla de Registro de Asistencia o de registrarse en el Sistema Informático de Control de Asistencia, según corresponda, a los agentes Ignacio Alberto Alabí, CUIL N 20-29206480-3, y Paula Brandy, CUIL N 27-35605808-4, quienes se desempeñan en el Área de Presidencia de este Consejo, organizando, participando y cubriendo eventos y/o actividades de promoción de los derechos del niño, atento a lo cual su trabajo no se desarrolla de forma continua en la Sede Central de este organismo, resultando imposible el registro habitual biométrico correspondiente;
Que asimismo, conforme surge de las Fichas obrantes como IF-2020-00452063GCABA-CDNNYA, IF-2020-00452144-GCABA-CDNNYA, IF-2020-00452214-GCABACDNNYA, IF-2020-00452376-GCABA-CDNNYA, IF-2020-00452424-GCABACDNNYA, IF-2020-00451231-GCABA-CDNNYA, IF-2020-00451332-GCABACDNNYA, IF-2020-00451426-GCABA-CDNNYA, IF-2020-00451470-GCABACDNNYA, IF-2020-00451970-GCABA-CDNNYA, IF-2020-00451168-GCABA-CDNNYA
e IF-2020-00451107-GCABA-CDNNYA, corresponde eximir de firmar la Planilla de Registro de Asistencia o de registrarse en el Sistema Informático de Control de Asistencia, según corresponda, a los agentes María Alejandra Artaza, CUIL N 2723628571-0; Verónica Inés Halperín, CUIL N 27-30885168-6; Liliana Forchetti, CUIL
N 27-10765945-0; Santiago Larocca, CUIL N 20-33443226-3; Mariel Jimena Rubin, CUIL N 27-31847763-4; Verónica Reides, CUIL N 27-30886482-6; Cristian Alberto Santillán, CUIL N 20-28316584-2; Guadalupe Ares Lavalle, CUIL N 27-32436512-0;
Pablo Cuezzo, CUIL N 20-17287340-6; Cecilia Inés Sosa, CUIL N 27-16677943-5;
Martina Luciana García, CUIL N 27-24293694-4; y María Florencia Forni, CUIL N 2323329476-4, quienes se desempeñan en el Área de Presidencia de este Consejo, realizando tareas de asistencia técnica en las áreas descentralizadas de este organismo, y concurriendo regularmente a reuniones institucionales y jornadas, por lo que su trabajo no se desarrolla en forma continua en la Sede Central de este organismo, resultando imposible el registro habitual biométrico correspondiente;
Que en consecuencia, resulta procedente dictar el acto administrativo mediante el cual se exima de firmar la Planilla de Registro de Asistencia o de registrarse en el Sistema Informático de Control de Asistencia, según corresponda, a los agentes mencionados, conforme la facultad conferida por el artículo 6º del Anexo I de la Resolución Nº 6MMGC/15;
Que atento a lo dispuesto por el mencionado artículo, la vigencia de la eximición de firmar la Planilla de Registro de Asistencia o de registrarse en el Sistema Informático de Control de Asistencia, según corresponda, tendrá como fecha límite el 31 de diciembre de 2020;
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 114 texto consolidado por Ley N 6.017, la Resolución N 6-MMGC/15 y el Decreto Nº 464-GCABA/19, LA PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS
DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:
Artículo 1.- Exímase de firmar la Planilla de Registro de Asistencia o de registrarse en el Sistema Informático de Control de Asistencia, según corresponda, a los agentes detallados en el Anexo IF-2020-01581431-GCABA-CDNNYA, que a todo efecto forma parte integrante de la presente, desde el 1 de enero 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.
BO-2020-5777-GCABA-DGCCON
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