Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 12/11/2018
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 5497 - 12/11/2018
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 176
Que en consecuencia mediante Resolución Conjunta N 1705/MMGC/2015, se incorporó, entre otras personas, al señor Sebastián Pablo Andrónico, CUIL. 2036720574-2, al citado Régimen en la ex-Dirección Región Sanitaria N 1, del Ministerio de Salud;
Que según surge de los presentes actuados por Resolución Conjunta N
800/MEFGC/2018, se dispuso dejar sin efecto a partir del día 31 de mayo de 2018, la designación otorgada por Resolución Conjunta N 1705/MMGC/2015, respecto del agente mencionado, con motivo de su renuncia;
Que el Ministerio de Salud, manifiesta que resulta necesario incorporar en su reemplazo a partir del 1 de septiembre de 2018, a la señora Milagros María Duhart
Arruti, CUIL. 27-40009931-1, quien revista bajo la modalidad contractual de Locación de Servicios, al régimen de prestación de servicios que prevén las normas citadas anteriormente, con el objeto de lograr mayor eficacia en el cumplimiento de las funciones asignadas;
Que resulta necesario sancionar una norma que permita su incorporación a la Planta en cuestión, cuyo mecanismo de ingreso, egreso y percepción de haberes sea dinámico y eficiente;
Que la Dirección General Planificación y Control Operativo, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha tomado su debida intervención;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, conforme las facultades conferidas por la Ley N 5460 texto consolidado por Ley Nº 5666 y modificatoria N 5960, LA MINISTRA DE SALUD
Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVEN
Artículo 1.- Establécese que a partir del 1 de septiembre de 2018, la señora Milagros
María Duhart Arruti, CUIL. 27-40009931-1, quien revistaba bajo la Modalidad Contractual de Locación de Servicios, queda comprendido en los términos del artículo 44 de la Ley N 471 y el artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por las Resoluciones Nros. 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y 2779/MHGC/2010, en partida 4001.0000.H.00, del Ministerio de Salud, con un salario bruto de 17.694,00.Artículo 2.- El personal comprendido en lo dispuesto por el Artículo 1 de la presente Resolución, deberá presentar dentro de un plazo de 60 días a contar a partir de la fecha en que se origina la misma, Aptitud Médica y Reincidencia, a fin de dar cumplimiento a las condiciones de ingreso, conforme lo prescripto por la Ley N 471.
Vencido el plazo sin que se hubiere cumplimentado lo requerido, será dado de baja en forma automática.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura
BO-2018-5497-DGCCON
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