Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5486 - 26/10/2018

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 158

RESOLUCIÓN N.º 6409/MCGC/18
Buenos Aires, 22 de octubre de 2018
VISTO:
La Ley N 2.264 texto consolidado por Ley Nº 5.666, los Decretos N 886/07 y modificatorios, y N 314/16, el Expediente N 25168134- MGEYA-DGTALMC-2018, y CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N 2.264 texto consolidado por Ley Nº 5.666, se creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, destinado a estimular e incentivar la participación privada en el financiamiento de proyectos culturales, estableciendo como autoridad de aplicación al Ministerio de Cultura;
Que el Decreto N 886/GCABA/07 y su modificatorio Decreto N 1135/GCABA/2009
aprobó la reglamentación de la referida Ley y en el artículo 28 de su Anexo faculta al Ministerio de Cultura, en su calidad de autoridad de aplicación, a dictar los actos administrativos reglamentarios, complementarios e interpretativos que resulten necesarios para el adecuado y eficaz funcionamiento del citado Régimen;
Que para la aplicación del referido Régimen, se creó el Consejo de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo la órbita del Ministerio de Cultura, mediante el artículo 6 de la mencionada Ley;
Que el artículo 7 de la Ley precedentemente citada, establece que el Consejo está integrado por seis 6 miembros permanentes y tres 3 miembros alternos por cada disciplina o agrupamiento de disciplinas, los cuales son designados por los miembros permanentes en su primera reunión; y que estos miembros actuarán en forma alternada cuando se traten proyectos de su área de competencia o afines;
Que a su vez el indicado artículo establece que los miembros alternos son elegidos entre aquellas personas de reconocida trayectoria en la o las aéreas para las que fueran designadas y/o hayan obtenido alguno de los siguientes premios o reconocimientos: Premios Nacionales, Gran Premio del Fondo Nacional de las Artes, Premios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ordenanzas Nros.
36.689 , 50.223 y Ley 1348 , Premios del Festival de Cine Independiente de Buenos Aires; y que en caso de no contar con miembros alternos en alguna disciplina, los miembros permanentes pueden solicitar el asesoramiento de las áreas del Ministerio de cultura que tenga por función el desarrollo de actividades afines a las disciplinas correspondientes;
Que el artículo 8 de la indicada Ley dispone que los miembros del Consejo de Promoción Cultural durarán dos 2 años en sus cargos y podrán ser reelegidos por no más de dos períodos consecutivos y sin límites en períodos alternados;
Que por la Resolución N 3861/MCGC/2018 este Ministerio aprobó el Anexo "Instructivo para la presentación de solicitudes Régimen de Promoción Cultural MECENAZGO" identificado bajo N de IF 2018-19283322-DGTALMC el cual establece las disciplinas o agrupamiento de disciplinas correspondientes al indicado Régimen de Promoción Cultural;
Que por la Resolución N 5959/MCGC/2018 este Ministerio designó como miembros alternos del Consejo de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
BO-2018-5486-DGCCON

página 158 de 439

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/10/2018

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date26/10/2018

Page count440

Edition count5622

Première édition06/08/1996

Dernière édition05/07/2024

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