Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/8/2018

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5439 - 21/08/2018

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 85

Que con fecha 10 de septiembre de 2013 la agente M.L.L. F.C. N 358.929, DNI N
23.050.326 realizó una denuncia ante la Dirección General de Administración de Infracciones por presunta violencia laboral, psíquica y social por parte del agente Carlos Stábile, Gerente Operativo de Infracción de la citada Dirección General;
Que mediante Nota N 2014-02648123-DGAI de fecha 18 de febrero de 2018, el agente Carlos Stábile, elevó un informe a la Dirección General de Administración de Infracciones, denunciando que la agente M.L.L. habría cometido irregularidades en el ejercicio de sus funciones, dentro de la Oficina de Planes de Pago de la Dirección General de Administración de Infracciones donde desempeñaba sus funciones;
Que asimismo, el agente Stábile explicó que se detectó una importante cantidad de informes respecto a actas de infracción que no correspondían al trabajo que debía realizarse en las oficinas de Planes de Facilidades de Pago y que la agente realizaba consultas e informes respecto a actas de infracción que posteriormente se radicaban en su mayoría en el Controlador de Faltas N 74 y 75, correspondiente al Centro de Gestión y Participación CGP N 14, donde se archivaban las mismas sin registrarse pago alguno;
Que en virtud de la existencia de denuncias cruzadas, la Dirección General de Sumarios, de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispuso mediante Disposición N 6/DGSUM/15 la investigación en un sumario separado de la presunta situación de violencia laboral denunciada por M.L.L. F.C. N 358.929, DNI N
23.050.326, contra Stábile, continuando en autos con la pesquisa referente a las irregularidades cometidas por la agente M.L.L.;
Que el artículo 10 de la Ley N 471 texto consolidado Ley N 5.666, establece las obligaciones de los trabajadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, observándose entre ellas las de a prestar personal y eficientemente el servicio en las condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad determinados por la autoridad competente, sea en forma individual o integrando los equipos que se constituyan conforme a las necesidades del servicio encuadrando su cumplimiento en principios de eficiencia, eficacia y productividad laboral, b responder por la eficacia, el rendimiento de la gestión y del personal del área a su cargo, m comparecer a la citación por la instrucción de un sumario, pudiendo negarse a declarar cuando lo tuviera que hacer en carácter de imputado";
Que el artículo 11 de la Ley N 471 texto consolidado Ley N 5666 estipula las obligaciones de los trabajadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por otra parte, el artículo 52 texto consolidado Ley N 5.666 determina que "Son causales para la sanción de apercibimiento y suspensión: d. negligencia en el cumplimiento de las funciones, e. incumplimiento de las obligaciones y quebrantamiento de las prohibiciones establecidas en los artículos 10 y 11 de la presente Ley";
Que mediante el Decreto N 3360/GCABA/68 y sus modificatorios, se aprobó la Reglamentación de los Sumarios Administrativos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo, el Decreto N 184/GCABA/10, reglamentario del Capítulo XII del Régimen Disciplinario de la Ley N 471 texto consolidado Ley Nº 5.666, establece en el artículo 51 de su Anexo I, que el requerimiento de la instrucción de sumario administrativo a los fines de la aplicación de sanciones disciplinarias y su tramitación, se regirán por los términos del Reglamento de Sumarios Administrativos aprobado por el Decreto N 3360/GCABA/68 y sus modificatorios, y que los Sumarios Administrativos serán resueltos por los Secretarios o Ministros del área que solicita su instrucción;

BO-2018-5439-DGCCON

página 85 de 539

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/8/2018

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date21/08/2018

Page count540

Edition count5638

Première édition06/08/1996

Dernière édition30/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Agosto 2018>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031