Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/4/2018

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5362 - 26/04/2018

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 373

CONSIDERANDO:
Que conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. b de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su control se encuentra el señalamiento luminoso;
Que, conforme lo establece el Art. 3º incs. a, b, e, i, k y l de la Ley Nº 210, el Ente tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos prescriptos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y efectuar las denuncias pertinentes, implementando las acciones tendientes a hacer cesar dichas conductas; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido proceso;
Que, a fs. 1/3 Obra Nota Nº 266/AVP/2017 del 27/09/17, donde se detalla que en el Plan de Control N 1629 del 01/09/17 se detecta Cabezal de semáforo vehicular girado, en la intersección de Av. Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 3 obra solicitud de normalización;
Que, a fs. 1/2 obra Nota Nº 266/AVP/2017 del Área Técnica solicitando la apertura de sumario contra la empresa Autotrol SACIAFEI por presunto incumplimiento en los plazos máximos de reparación de A Cabezal de semáforo vehicular girado, en la intersección de Av. Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 6 obra el Acta de Fiscalización Nº 215022/ERSP/17 del día 04/09/17 de la que se desprende Cabezal de semáforo vehicular girado, en la intersección de Av.
Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 9 obra el Acta de Fiscalización Nº 215023/ERSP/17 del día 05/09/17 de la que se desprende Cabezal de semáforo vehicular girado, en la intersección de Av.
Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 10 obra el Acta de Fiscalización Nº 215024/ERSP/17 del día 06/09/17 de la que se desprende Cabezal de semáforo vehicular girado, en la intersección de Av.
Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 11 obra el Acta de Fiscalización Nº 215025/ERSP/17 del día 07/09/17 de la que se desprende Cabezal de semáforo vehicular girado, en la intersección de Av.
Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 12 obra el Acta de Fiscalización Nº 215026/ERSP/17 del día 08/09/17 de la que se desprende Cabezal de semáforo vehicular girado, en la intersección de Av.
Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 13 obra el Acta de Fiscalización Nº 215027/ERSP/17 del día 11/09/17 de la que se desprende Cabezal de semáforo normalizado al momento de la fiscalización, en la intersección de Av. Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 16/17 el Departamento de Sumario, compartiendo el criterio expuesto por el Área Técnica solicita la apertura del sumario;
Que, a fs. 18 la Asesoría Legal de Sumarios y Contencioso ordena la apertura del sumario;
Que, a fs. 19 la instructora sumariante formula cargos contra la empresa;

BO-2018-5362-DGCCON

página 373 de 483

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/4/2018

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date26/04/2018

Page count484

Edition count5639

Première édition06/08/1996

Dernière édition31/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Abril 2018>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930