Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/4/2018
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 5362 - 26/04/2018
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 373
CONSIDERANDO:
Que conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. b de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su control se encuentra el señalamiento luminoso;
Que, conforme lo establece el Art. 3º incs. a, b, e, i, k y l de la Ley Nº 210, el Ente tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos prescriptos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y efectuar las denuncias pertinentes, implementando las acciones tendientes a hacer cesar dichas conductas; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido proceso;
Que, a fs. 1/3 Obra Nota Nº 266/AVP/2017 del 27/09/17, donde se detalla que en el Plan de Control N 1629 del 01/09/17 se detecta Cabezal de semáforo vehicular girado, en la intersección de Av. Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 3 obra solicitud de normalización;
Que, a fs. 1/2 obra Nota Nº 266/AVP/2017 del Área Técnica solicitando la apertura de sumario contra la empresa Autotrol SACIAFEI por presunto incumplimiento en los plazos máximos de reparación de A Cabezal de semáforo vehicular girado, en la intersección de Av. Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 6 obra el Acta de Fiscalización Nº 215022/ERSP/17 del día 04/09/17 de la que se desprende Cabezal de semáforo vehicular girado, en la intersección de Av.
Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 9 obra el Acta de Fiscalización Nº 215023/ERSP/17 del día 05/09/17 de la que se desprende Cabezal de semáforo vehicular girado, en la intersección de Av.
Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 10 obra el Acta de Fiscalización Nº 215024/ERSP/17 del día 06/09/17 de la que se desprende Cabezal de semáforo vehicular girado, en la intersección de Av.
Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 11 obra el Acta de Fiscalización Nº 215025/ERSP/17 del día 07/09/17 de la que se desprende Cabezal de semáforo vehicular girado, en la intersección de Av.
Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 12 obra el Acta de Fiscalización Nº 215026/ERSP/17 del día 08/09/17 de la que se desprende Cabezal de semáforo vehicular girado, en la intersección de Av.
Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 13 obra el Acta de Fiscalización Nº 215027/ERSP/17 del día 11/09/17 de la que se desprende Cabezal de semáforo normalizado al momento de la fiscalización, en la intersección de Av. Juan B. Justo y Emilio Lamarca;
Que, a fs. 16/17 el Departamento de Sumario, compartiendo el criterio expuesto por el Área Técnica solicita la apertura del sumario;
Que, a fs. 18 la Asesoría Legal de Sumarios y Contencioso ordena la apertura del sumario;
Que, a fs. 19 la instructora sumariante formula cargos contra la empresa;
BO-2018-5362-DGCCON
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