Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/6/2015

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4662 - 19/06/2015

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Que, se han aprobado los Presupuestos de las Empresas: Autopistas Urbanas S.A.Decreto N 124/15 de fecha 17/04/2015, Corporación Buenos Aires Sur S.E.
Decreto N 148/15 de fecha 20/05/2015, Subterráneos de Buenos Aires S.E.
Decreto N 124-15 de fecha 17/04/2015 y del Banco Ciudad de Buenos Aires Decreto N 65/15 de fecha 25/02/2015, lo que destaca la importancia en cuanto a que las limitaciones a las que ha estado sujeta la elaboración de este instrumento se van superando a medida que los distintos componentes del Sector Público de la Ciudad adopten los criterios técnicos que fije la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto en su carácter de Órgano Rector del Sistema de Presupuesto;
Que el citado artículo 82 de la Ley N 70 establece, asimismo, que una vez aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público de la Ciudad, debe ser remitido para su conocimiento a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias artículos 102 y 104
de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Art. 1- Apruébase el Presupuesto Consolidado del Sector Público Gubernamental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires correspondiente al Ejercicio Fiscal del año 2015, que como Anexo IF-2015-16069430-MHGC, forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º - Establécese que la aprobación del mencionado Presupuesto Consolidado que se dispone por el artículo anterior no significa introducir modificaciones en los presupuestos de la Administración del Gobierno de la Ciudad ni en los de las Empresas Públicas aprobados por las respectivas autoridades según las normas legales vigentes en la materia.
Art. 3º - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Art. 4- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta
ANEXO

Página 17

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/6/2015

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date19/06/2015

Page count273

Edition count5645

Première édition06/08/1996

Dernière édition08/08/2024

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