Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/5/2015

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4640 - 19/05/2015

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Que en apoyo de sus dichos, declaró como testigo de defensa, Sandro Oscar Centurión, quien explicó que las funciones de Zabala a la época del robo eran las de atender lo relativo al audio y video de los eventos que se realizaban en la Casa de la Lectura donde la seguridad era nula y luego del hecho, era mínima o media;
Que otro testigo de defensa fue Juan Pablo Villalba, quién expuso que el cañón se guardó en el cuarto de técnica, y se enteró que faltaba cuando la Dirección del Libro, lo solicitó;
Que, al igual que Centurión, dijo que Zabala era el operador de la técnica y del sonido de la Casa de la Lectura, mientras que la seguridad debía estar a cargo de personal de vigilancia, pero que después del suceso, les dieron llaves de las puertas internas del edificio que era lo que reclamaban; en el año 2012, se colocó una cerradura adicional a la puerta de entrada, siendo que la Casa de la Lectura no contaba con rejas en aberturas traseras;
Que Vicente Pablo Vázquez, testigo de defensa, sólo expuso que el proyector se guardó en el cuartito donde se resguardaban las cosas, mientras que la testigo Martina Benítez, aportó que el lugar antes del hecho, era muy inseguro, siendo igual al momento de declarar;
Que Leticia Lettieri y Carolina Maria Esses coincidieron al declarar como testigos de defensa, que Zabala era técnico en las actividades que se realizaban en la Casa de la Lectura y que no existían condiciones de seguridad;
Que en cuanto a la custodia del bien, ya se adelantó al momento de analizar la conducta reprochada a la Coordinadora Villalba, que más allá del área a la que pertenecía cada elemento material de la Administración, todo agente del Gobierno local debía velar por la conservación y cuidado de los bienes del patrimonio de la Ciudad, sin importar si la repartición que cedió en préstamo el instrumento lo reclamó oportunamente; destacándose que el proyector se encontraba en la Casa de la Lectura ,dentro de la esfera de cuidado de los agentes de tal área;
Que sin perjuicio de lo expuesto y más allá de los argumentos expuestos por el encartado en su escrito de defensa y reiterados en su alegato, surge de autos que mediante nota de fecha 29 de agosto de 2008, así como en la denuncia penal respectiva, el agente Zabala requirió a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura, que ejecutase los medios necesarios y correspondientes para dar una solución a la situación de inseguridad en la Casa de la Lectura;
Que la nota referida fue presentada por este agente cuando le sustrajeron la computadora portátil de su propiedad, antes de la sustracción del proyector que se investiga; de esta manera, se encuentra acreditado que el sumariado, mas allá de su condición o no de técnico de sonido de la Casa de la Lectura, actuó acorde a la normativa vigente en materia de preservación de bienes, según lo dispone el artículo 10 inciso g de la Ley N 471, solicitando que se adoptasen los recaudos a fin de evitar situaciones como la investigada;
Que en mérito a lo expuesto, no ha resultado acreditado el reproche endilgado al empleado Zabala. y atento a que este agente desempeñaba sus tareas en el año 2009
mediante contrato de locación de servicios, se recomendará dejar constancia en su legajo que si hubiera revistado en la planta permanente de esta Administración, se lo habría eximido de responsabilidad disciplinaria en orden al cargo formulado;
Que la Procuración General ha tomado la intervención que le compete, aconsejando sancionar con cinco 5 días de suspensión a la agente Susana Ada Villalba; rechazar el planteo de nulidad de ajenidad del régimen disciplinario incoado por el agente Juan Marcos Zabala; dejar constancia en el legajo del agente Juan Marcos Zabala, que si hubiera revistado en la planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la época del hecho investigado, se lo habría eximido de responsabilidad disciplinaria;

Página 76

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/5/2015

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date19/05/2015

Page count302

Edition count5620

Première édition06/08/1996

Dernière édition03/07/2024

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