Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/4/2015

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4610 - 06/04/2015

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Que, ahora bien, el hecho de que el Jefe de los recaudadores no asistiese todos los días a controlar a cada cajero, así como eI desorden reinante en el área, no resultan justiticativos válidos para llevar a cabo las maniobras defraudatorias ya descriptas contra la Administración, pues el Jefe de los cajeros verificaba el sobrante o faltante de caja, circunstancias que ante los medios timbrados no salían a la luz;
Que, por otra parte, frente al desorden técnico y administrativo reinante, la encartada, como cualquier otro agente del Gobierno local, debió de haber tomado los recaudos necesarios extremando las medidas de seguridad a su alcance para desarrollar las tareas a su cargo de la forma mas eficiente y eficaz, y no haber aprovechado esas condiciones precarias para perpetrar las irregularidades que cometió;
Que, la defensa de Zalazar expresó que se acompañaron infinidad de Memorándums Internos con el objeto de acreditar el pésimo funcionamiento de las máquinas y de todo el sistema de la red;
Que, sobre este aspecto ya se explicó que las fallas del sistema, y/o los errores en el funcionamiento de las terminales, de las timbradoras, o de las impresoras no resultan un justificativo válido de las artimañas Ilevadas a cabo por Zalazar para cobrar dos trámites de igual naturaleza, derivando sólo el monto de uno de ellos al erario de la Ciudad;
Que, dijo su defensa que era moneda corriente endilgarle responsabilidades a los cajeros, en virtud de lo caduco del sistema en general y de las máquinas en particular, sin brindar soluciones de parte de los superiores, tales como del Jefe de Departamento de Ingresos, del Director General, del Departamento de Sistemas, etc;
Que, sin embargo, la sumariada sostuvo ser la última trabajadora de la cadena de cobro, quien además debía solucionar los inconvenientes frente a los contribuyentes;
Que, nuevamente pretende excusarse Zalazar en las deficiencias del sistema informático, alegando falta de eficiencia en la superioridad para resolver los problemas y en su dedicación a subsanar los desperfectos, función ésta que no le correspondía;
Que, frente a esta argumentación, ya se dijo que la falta de atención de los equipos informáticos o las fallas del sistema y, en su caso, la participación pasiva de la superioridad en solucionar esos inconvenientes no justifican el actuar intencional de la encartada quien imprimiendo un ticket en dos formularios distintos, cobraba dos trámites pero ingresaba sólo uno a los fondos comunales, maniobra perjudicial para el erario público que no puede justificarse por las irregularidades del sistema;
Que, la defensa también hizo alusión a la documentación aportada en el Sumario 165/12, donde el agente Francisco Contartese comunicó a todos los cajeros, que de acuerdo a las directivas impartidas por el Director Operativo de la Dirección General de Administración de Infracciones, Carlos Stabile, los pagos voluntarios y certificados de libre deuda se debían timbrar en el reverso. Agregó que el desempeño de la agente sumariada había sido siempre transparente, ya que no surgía de su legajo personal, sanción o apercibimiento alguno en toda su carrera administrativa;
Que, subrayó que las anomalías eran constantes, en virtud de la inoperancia de quienes debían mantener el Sistema y la maquinaria, con el fin de evitar reimpresiones y demás items que se acusan, siendo el primer responsable el propio Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien debió prever las irregularidades del sistema y velar por la tranquilidad de los trabajadores;

Página 39

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/4/2015

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date06/04/2015

Page count178

Edition count5638

Première édition06/08/1996

Dernière édition30/07/2024

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