Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 17/3/2015

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4600 - 17/03/2015

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
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Que, en su descargo la sumariada manifiesta la existencia de una supuesta superposición entre el procedimiento de fiscalización y sanción establecido por el Ente y en los Arts. 58 a 61 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio de Higiene Urbana N
6/2003, correspondiendo la fiscalización de sus obligaciones contractuales, a la Dirección General de Limpieza;
Que, en forma unánime, la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, en oportunidad de expedirse sobre el recurso interpuesto por Ecohábitat SA expte. 7639/0, reconoce la facultad sancionatoria del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmando el acto administrativo apelado, es decir, la sanción aplicada a través del procedimiento sancionatorio establecido en la Resolución Nº 28/EURSPCABA/2001, reconociendo a este Organismo como autoridad de aplicación;
Que, el punto 3 del voto del Dr. Esteban Centanaro señala que la autoridad de aplicación -en cumplimiento de lo normado por el Capítulo III del Reglamento de Procedimientos y Controversiasimputó a la empresa mencionada una presunta infracción del Art. 54, deficiencias Nº 1, 4 y 46 del Pliego de Bases y Condiciones correspondientes a la Licitación Pública de Firmas o Consorcios de Firmas Consultoras Nacionales para realizar la inspección de los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires en la zona 1 Licitación Nº 122/98, corregido luego por la propia denunciada a fs. 28, donde puso de resalto que el Pliego correspondiente a la Licitación Pública en la que resultara adjudicataria era el 14/97
Que, el último párrafo del punto 10 del mismo voto hace una breve reseña del procedimiento diseñado por el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones dictado por el Ente, señalando: en resumidas cuentas, tales circunstancias establecen en forma indudable que el trámite administrativo que diera origen al presente recurso se llevó a cabo dentro del marco del procedimiento sancionatorio establecido por el reglamento señalado ut supra; por ende, las disposiciones según las cuales habrán de ser analizadas las quejas relativas a la regularidad del procedimiento son las contenidas en los Arts. 10 a 20 de la norma mencionada
Que, la esfera de la competencia del Ente único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires proviene de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, de la Ley Nº 210 y, del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio Público de Higiene Urbana Nº 6/2003, los cuales le han asignado a este Organismo un cometido específico, es decir que le han adjudicado una serie de funciones y atribuciones para la realización del fin público que se le encomienda;
Que, el Art. 55 del Pliego mencionado, establece que la fiscalización y control de los servicios objeto de la presente licitación estará a cargo de la DIRECCIÓN GENERAL
DE HIGIENE URBANA por administración o por terceros, sin perjuicio de las atribuciones que la Ley Nº 210 y su Modificatoria Ley Nº 593, le confiere al Ente Único Regulador de Servicios Públicos;
Que, la sumariada objeta las facultades del Ente para aplicar sanciones por las penalidades previstas en el Pliego pero no advierte que el Art. 61 dice que Sin perjuicio del mecanismo mencionado precedentemente, el EURSPCABA podrá en el marco de la Ley Nº 210/99 aplicar las penalidades pertinentes a su competencia, debiendo informar a la DGHU sobre su intervención y resolución final de la misma, es decir, que una vez finalizado el sumario, corresponde informar a la Dirección General de Limpieza ex Dirección General de Higiene Urbana lo que se resuelva. En este sentido, el Pliego otorga al Ente facultades para aplicar sanciones cumpliendo con la Ley Nº 210;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 17/3/2015

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date17/03/2015

Page count377

Edition count5616

Première édition06/08/1996

Dernière édition27/06/2024

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