Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/2/2015

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4587 - 26/02/2015

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Que, Seoane refirió que en el Sumario N 165/12 se acompañaron memorandums internos a los fines de acreditar el pésimo funcionamiento de las máquinas y de toda la red;
Que, sobre este aspecto ya se explicó que las fallas del sistema y/o los errores en el funcionamiento de las terminales, de las timbradoras, o de las impresoras, no resultan un justificativo válido de las estrategias llevadas a cabo por Seoane para cobrar dos trámites de igual naturaleza, derivando sólo el monto de uno de ellos a las arcas locales;
Que, Seoane dijo que era moneda corriente endilgarle responsabilidades a los cajeros en virtud de lo caduco del sistema en general y de las máquinas en particular, sin brindar soluciones de parte de los superiores, tales como el Jefe de Departamento de Ingresos, el Director General, el Departamento de Sistemas, etc. Sin embargo, la sumariada sostuvo ser la última de la cadena de cobro, quien además debía solucionar los inconvenientes frente a los contribuyentes, por ello, luego de la denuncia que originó este sumario, se cambiaron las máquinas y el cableado de todo el sistema de cobranza;
Que, nuevamente pretendió excusarse Seoane en las deficiencias del sistema informático, alegando falta de eficiencia en la superioridad para resolver los problemas y en su dedicación a subsanar los desperfectos, función esta que no le correspondía;
Que, frente a esta argumentación, ya se dijo que la falta de atención de los equipos informáticos o las fallas del sistema y, en su caso, la partición pasiva de la superioridad en solucionar esos inconvenientes, no justifican el actuar intencional de la encartada;
Que, señaló Seoane que la documentación aportada en el Sumario N 165/12 donde el agente Contartese comunicó a todos los cajeros, que de acuerdo al Director Operativo de la DAI Dirección Administrativa de lnfracciones, Carlos Stábile, los pagos voluntarios y certificados de libre deuda se debían timbrar en el reverso, agregando que el desempeño de la sumariada fue siempre transparente, sin surgir de su legajo sanción alguna, siendo que el monto fallante resultó irrisorio;
Que, las anomalías eran constantes en virtud a la inoperancia de quienes debían mantener el Sistema y por la vetusta maquinaria a los fines de evitar reimpresiones y demás items que se acusan, siendo responsable el propio Gobierno de la Ciudad quien debió prever las irregularidades del sistema y velar por la tranquilidad de los trabajadores;
Que, insistió la inculpada en cuanto a que de las copias del libro diario que se agregaron al Sumario N 171/12, encontramos los asentamientos sobre errores en los POS, por falta de sistema, o por el tilde del sistema, en más de una oportunidad y en una misma fecha y también, por la falta de línea telefónica, retenciones de cajas para contar con cambio dinerario, entregas de recaudaciones, arqueos de cajas, constancias de faltas de precintado en impresoras, constancias de falta de comunicaciones, retiro de efectivo para depositar en entidades bancarias, imposibilidad de cobro de tarjetas de débito por ausencia de señal inalámbrica en el posnet, etc.;
Que, sin embargo, la directiva emanada del Director Operativo de la DAI, Stábile, consistente en que los formularios se debían timbrar en el reverso, no resulta un argumento útil para desvirtuar alguna de las imputaciones contra Seoane, pues no agrega ni quita ningún elemento a considerar, como así tampoco lo hace la supuesta inoperancia de quienes debían mantener el sistema informático y las máquinas en óptimas condiciones, pues como ya se explicó, los timbrados mellizos o medios timbrados, podían emitirse mas allá de las condiciones del sistema y de lo vetusto de las máquinas, ya que como quedó demostrado, era una manipulación mecánica de parte de la cajera que concluía con la falta de depósito de los montos verdaderamente recaudados;

Página 32

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/2/2015

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date26/02/2015

Page count262

Edition count5638

Première édition06/08/1996

Dernière édition30/07/2024

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