Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/2/2012

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3848 - 06/02/2012

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N10

Que dicho acto administrativo fue notificado al administrado el 29 de octubre de 2010, procediendo el mismo a interponer, en fecha 4 de noviembre de 2010, Recurso de Reconsideración con Jerárquico en subsidio contra la citada resolución;
Que mediante Resolución Nº 003/SSEMERG/11, rectificada por Resolución Nº 3446/SSEMERG/11 se denegó el Recurso de Reconsideración interpuesto por el administrado;
Que en fecha 31 de mayo de 2011 se notificó al recurrente respecto de su facultad de ampliar o mejorar los fundamentos del Recurso Jerárquico en subsidio oportunamente interpuesto sin que hasta la fecha haya hecho uso de tal facultad;
Que corresponde, en esta instancia, el tratamiento del Recurso Jerárquico conforme las disposiciones pertinentes de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad;
Que previo a la emisión del dictamen correspondiente, la Dirección General de Asuntos Patrimoniales de la Procuración General de la Ciudad requirió al organismo técnico competente que informara si los daños denunciados podrían ser consecuencia del fenómeno meteorológico en cuestión y, en caso afirmativo, que determinara el daño mensurable estimado;
Que ante ello, la Dirección General de Mantenimiento de la Flota Automotor informó que el vehículo se encontraba en el interior de un garaje subterráneo particular, estimando que en estos casos los daños ocasionados no serían imputables a esta Administración;
Que considerando dicho informe la Procuración General tomó la intervención de su competencia emitiendo el Informe Nº 2327896-DGAPA/11, indicando que la Procuración del Tesoro de la Nación, en dictamen que comparte, sostuvo respecto de los informes técnicos que en situaciones como la de la índole, merecen plena fe siempre que sean suficientemente serios, precisos y razonables, no adolezcan de arbitrariedad aparente y no aparezcan elementos de juicio que destruyan su valor;
Que asimismo, señaló que la ponderación de cuestiones técnicas que no hacen al asesoramiento estrictamente jurídico debe realizarse de conformidad con los informes de los especialistas en la materia, sin que corresponda entrar a considerar los aspectos técnicos de las cuestiones planteadas, por ser ello materia ajena a su competencia estrictamente jurídica Dictámenes, 169:199 y Dictámenes PTN en R.A.P. Nº 161 y siguientes;
Que consecuentemente, concluyó que cabe desestimar el Recurso Jerárquico en subsidio incoado.
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1.- Desestímese el Recurso Jerárquico en subsidio interpuesto por el Sr. Mario Krozkin, DNI Nº 18.703.719, contra la Resolución Nº 2929/SSEMERG/10.
Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y notifíquese al interesado. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Emergencias. Cumplido, archívese. Montenegro
RESOLUCIÓN N.º 51/MJYSGC/12
Buenos Aires, 20 de enero de 2012
VISTO:
El Expediente Nº 2079064/11 e incorporados, y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/2/2012

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date06/02/2012

Page count124

Edition count5620

Première édition06/08/1996

Dernière édition03/07/2024

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